Sentencia N° 1176 — Sala Político Administrativa del TSJ, 9 de octubre de 2012

TSJ/SPA, Sent. N° 01176, Exp. 2012-1002, 10/10/2012
Expediente2012-1002
PonenteTRINA OMAIRA ZURITA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2012-10-09
DecisiónDesistida

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara desistida la apelación interpuesta por AUTOYOTA, C.A. contra la Sentencia Definitiva N° 0969 del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario, que había declarado sin lugar el recurso contencioso tributario. La decisión se fundamenta en la falta de presentación del escrito de fundamentación de la apelación dentro del lapso establecido por la ley, lo que conlleva a la aplicación del desistimiento tácito.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse respecto de la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la contribuyente Autoyota, C.A., contra la Sentencia Definitiva N° 0969 de fecha 1° de marzo de 2011, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso contencioso tributario incoado por la referida sociedad mercantil. Sin embargo, previo a entrar a conocer de la apelación interpuesta, debe esta Sala verificar si en el presente caso ha operado el desistimiento tácito respecto a la apelación de la contribuyente, establecido en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.447, de fecha 16 de junio de 2010, conforme al cual: “Fundamentación de la apelación y contestación Artículo 92: Dentro de los diez días de despacho siguientes a la recepción del expediente, la parte apelante deberá presentar un escrito que contenga los fundamentos de hecho y de derecho de la apelación, vencido este lapso, se abrirá un lapso de cinco días de despacho para que la otra parte dé contestación a la apelación. La apelación se considerará desistida por falta de fundamentación.”. (Destacado de la Sala). El artículo citado establece la carga procesal para la parte apelante de presentar, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación. De igual forma, impone como consecuencia jurídica a la falta de presentación del escrito de fundamentación, el desistimiento tácito de la apelación.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDA la apelación incoada por la representación judicial de la contribuyente AUTOYOTA, C.A., contra la Sentencia Definitiva N° 0969 de fecha 1° de marzo de 2011, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso contencioso tributario incoado por la referida sociedad mercantil, la cual queda FIRME. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado. Devuélvase el expediente al Tribunal de Origen.

Palabras clave

apelacióndesistimientojurisdiccióncontenciosoadministrativafundamentaciónsentenciatribunal

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