Sentencia N° 1175 — Sala Político Administrativa del TSJ, 20 de septiembre de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 01175, Exp. 2010-1140, 21/09/2011
Expediente2010-1140
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2011-09-20
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declara parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por el Fisco Nacional contra la sociedad mercantil Lest Comercializadora, C.A. La controversia se centró en la aplicación de sanciones por incumplimiento de deberes formales en materia del impuesto al valor agregado, específicamente en relación con la figura del delito continuado prevista en el Código Penal y su aplicación en el contexto tributario. La Sala determinó que la Administración Tributaria había incurrido en un vicio de falso supuesto de derecho al aplicar la figura del delito continuado, ya que las infracciones debían ser consideradas como una sola infracción continuada, conforme a la jurisprudencia establecida. Se revocó la decisión del tribunal inferior en cuanto a la aplicación de sanciones, ordenando el recálculo de las mismas de acuerdo con las disposiciones del Código Orgánico Tributario. Finalmente, se confirmó la procedencia de las objeciones fiscales contenidas en la Resolución de Imposición de Sanción emitida por el SENIAT, manteniendo la sanción impuesta a Lest Comercializadora, C.A. por las infracciones cometidas durante los períodos fiscales correspondientes.

Extracto de la motiva

Vistos los términos en que fue dictado el fallo apelado, así como los argumentos hechos valer en su contra por el apoderado judicial del Fisco Nacional, observa este Alto Tribunal que la controversia planteada en el caso bajo examen se contrae a decidir en torno al supuesto vicio de errónea interpretación y falta de aplicación de la norma, que afecta a decir de la representación fiscal, el pronunciamiento emitido por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central que consideró aplicable al presente caso la figura del delito continuado prevista en el artículo 99 del Código Penal, al supuesto de las infracciones tributarias verificadas bajo la vigencia del Código Orgánico Tributario de 2001. Por otra parte, siendo que la sociedad mercantil Lest Comercializadora, C.A., no apeló de la desestimación del alegato de falta de cualidad pasiva, ni de la declaratoria dictada por el a quo respecto a que la contribuyente “no rechaza el haber incurrido en las infracciones con excepción de la reiteración aplicada por la administración tributaria” las mismas quedan firmes. Así se declara. Circunscrita así la litis, advierte esta Sala que en el presente caso la Administración Tributaria procedió a sancionar a la contribuyente Lest Comercializadora, C.A., por emitir facturas de ventas por medios manuales correspondientes a los períodos de imposición desde noviembre de 2006 hasta abril de 2007, caso: Fábrica Nacional de Pañales Desechables de Valencia, C.A. (FANALPADE VALENCIA), se explicó el devenir del criterio jurisprudencial referente a la aplicación del delito continuado en materia tributaria y la forma de imponer la sanción por la comisión de ilícitos formales del impuesto al valor agregado (IVA), a la luz de lo contemplado en el artículo 101 del vigente Código Orgánico Tributario.

Dispositiva

1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia definitiva N° 0754 de fecha 03 de febrero de 2010, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por el apoderado judicial de la sociedad mercantil la sociedad mercantil LEST COMERCIALIZADORA, C.A., previamente identificada, contra el acto administrativo contenido en la Resolución de Imposición de Sanción Nº GRTI-RCE-DFD-2007-01-04-VDF-IVA-257 del 20 de junio de 2007, emanada de la Gerencia Regional del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), por cuanto: 1.- emitió facturas con prescindencia parcial de los requisitos legales y reglamentarios que rige la materia para los periodos de noviembre 2006 hasta abril del 2007, 2.- el libro de ventas no cumplió las normas tributarias para el periodo de abril 2007, sanción total de novecientas con cincuenta unidades tributarias (900,50 U.T). 2.- Se CONFIRMA PARCIALMENTE el fallo dictado el 03 de febrero de 2010 por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, el cual declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario ejercido por la sociedad mercantil interpuesto por la contribuyente LEST COMERCIALIZADORA, C.A., conforme a la fundamentación contenida en el presente fallo. 3.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto. En consecuencia, se ordena el recálculo de las Planillas de Liquidación números 7109003978, 7109003979, 7109003980, 7109003981, 7109003982, 7109003983 y 7109003984, por las cantidades de Bs. 5.644,80, Bs. 5.230,85, Bs. 5.607,17, Bs. 5.644,80, Bs. 5.644,80, Bs. 5.644,80 y Bs. 470,40, respectivamente, determinativas de multas por concepto de incumplimiento de deberes formales en materia del impuesto al valor agregado, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 81 del Código Orgánico Tributario de 2001.

Palabras clave

Contencioso TributarioSancionesImpuesto al Valor Agregado

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