Sentencia N° 1175 — Sala Político Administrativa del TSJ, 9 de mayo de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 01175, Exp. 2006-0738, 10/05/2006
Expediente2006-0738
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2006-05-09
DecisiónDeclina la COMPETENCIA

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, a través de la Sala Político-Administrativa, se pronuncia sobre un conflicto de competencia entre dos juzgados en el Estado Falcón, relacionados con la resolución de un contrato de arrendamiento. La Sala establece que corresponde a la Sala de Casación Social conocer del conflicto, declinando así su propia competencia. La decisión se fundamenta en la relación laboral existente entre las partes y en la normativa aplicable sobre competencia judicial.

Extracto de la motiva

En el presente caso aprecia la Sala, que se ha planteado un conflicto entre dos Juzgados, los cuales tienen atribuido el conocimiento de causas en materia laboral. Asimismo, se observa que el objeto de la demanda incoada es la resolución de un contrato de arrendamiento celebrado con motivo de la relación laboral existente entre la empresa actora y el ciudadano José Gustavo López Mujica, antes identificado, razón por la cual se estima que corresponde a la Sala de Casación Social de este Máximo Tribunal, como cúspide de la jurisdicción laboral, conocer del conflicto de competencia suscitado, de conformidad con el numeral 51 y el parte primero del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, lo cual lleva a que esta Sala Político-Administrativa declare que no tiene competencia para conocer el conflicto planteado. Así se decide.

Dispositiva

Con fundamento en los razonamientos antes expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declina la COMPETENCIA para resolver el conflicto negativo de competencia planteado en la Sala de Casación Social a cuya sede se ordena remitir el expediente. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

conflicto de competenciaarrendamientorelación laboraljurisdicción laboralCódigo de Procedimiento CivilLey Orgánica del Tribunal Supremo de JusticiaEstado FalcónPDVSA

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