La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la demanda de nulidad interpuesta por Cynthia Clarissa Ramírez Mora contra la Resolución del Contralor General que impuso una inhabilitación de tres años para el ejercicio de funciones públicas. La demandante argumentó que la sanción era desproporcionada y que existían vicios en el acto administrativo que la fundamentaba.
Extracto de la motiva
Corresponde a la Sala pronunciarse sobre la demanda de nulidad con medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por la representación judicial de la ciudadana Cynthia Clarissa Ramírez Mora, contra la Resolución Núm. 01-00-000030 del 13 de enero de 2017, dictada por el Contralor General de la República, que impuso a la demandante la sanción de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, por un período de tres (3) años, en virtud de la decisión de fecha 30 de noviembre de 2012, emitida por la Dirección de Determinación de Responsabilidades de la Contraloría del Estado Táchira, que declaró la responsabilidad administrativa de la prenombrada ciudadana, “por cuanto incumplió Normas e Instrucciones de Control dictadas por la Contraloría General de la República, toda vez que, se evidenció un retraso en las conciliaciones bancarias de tres cuentas corrientes del referido Instituto” durante el ejercicio del cargo de Contadora de la Gerencia de Finanzas del Instituto Autónomo para el Desarrollo de la Economía Social del Estado Táchira (FUNDESTA).
Dispositiva
En mérito de los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por la ciudadana CYNTHIA CLARISSA RAMÍREZ MORA, contra la Resolución Núm. 01-00-000030 del 13 de enero de 2017, dictada por el CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA.