Sentencia N° 117 — Sala Político Administrativa del TSJ, 15 de marzo de 2022

TSJ/SPA, Sent. N° 00117, Exp. 2022-0009, 15/03/2022
Expediente2022-0009
PonenteMarco Antonio Medina Salas
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2022-03-15
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos presentada por Víctor Manuel Jurado Pérez contra Alimentos Polar Comercial, C.A. La Sala determinó que el Poder Judicial tiene jurisdicción para conocer del caso, revocando la decisión anterior que declaraba la falta de jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública. Se destacó la importancia de garantizar el derecho al trabajo y la protección de los derechos laborales en el contexto de la Constitución venezolana.

Extracto de la motiva

Las normas citadas demuestran que en Venezuela funciona la notoriedad judicial, y ella -que atiende a una realidad- no puede quedar circunscrita a los casos expresamente contemplados en la ley, ya que atiende a una situación más general, cual es que el juez, por su cargo, conoce de una serie de hechos que tienen lugar en el tribunal donde presta su magisterio, y que le permiten conocer qué juicios cursan en su tribunal, cuáles sentencias se han dictado, y cuál es su contenido; identificar a los abogados que representan a las partes y otros hechos semejantes. La situación es aún más clara cuando los fallos tienen efecto erga omnes, y el juez debido a esos efectos, sí conoce la decisión, se ve en lo personal atado al contenido de la determinación judicial. En consecuencia, del fallo precitado se observa que la notoriedad judicial no es un precedente aislado o una norma excepcional que permite su aplicación, sino que por el contrario, se transmuta en un deber del Juez de atender a los fallos judiciales emitidos en su Tribunal para así evitar posibles contradicciones en las decisiones de casos similares.

Dispositiva

1.- Que el PODER JUDICIAL TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir de la “solicitud de reenganche y pago de salarios caídos”, así como de otros conceptos laborales, realizada por el ciudadano VÍCTOR MANUEL JURADO PÉREZ, asistido por el abogado José Rafael Silva Ochoa, ambos ya identificados, contra la sociedad de comercio ALIMENTOS POLAR COMERCIAL, C.A., PLANTA TURMERO. 2.- Se REVOCA, la decisión sometida a consulta dictada el 4 de noviembre de 2021 por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay.

Palabras clave

reenganchesalarios caídosderecho al trabajojurisdicciónamparo constitucional

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca