Sentencia N° 117 — Sala Político Administrativa del TSJ, 7 de febrero de 2018

TSJ/SPA, Sent. N° 00117, Exp. 2014-1390, 08/02/2018
Expediente2014-1390
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2018-02-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió a favor del Fisco Nacional, revocando la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que había declarado parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Unidades de Carga, C.A. (UNICAR). La decisión se fundamentó en la falta de cualidad del ciudadano Robert Edgardo Santos Torrealba para actuar en representación de la empresa en la solicitud de anulación de las resoluciones de imposición de sanciones e intereses de mora. Se estableció que el ciudadano no contaba con la representación legal necesaria para presentar el recurso ante la administración tributaria.

Extracto de la motiva

Sobre el vicio de inmotivación, expuso que “(…) las Resoluciones de Imposición de Sanción suficientemente identificadas, emanadas del Jefe de Contribuyentes Especiales del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) expresan en detalle las razones de hecho y de derecho en que se fundamenta el acto impugnado, los ejercicios económicos y los ilícitos formales con la normativa infringida y de igual forma la resolución (sic) N° SNAT/INTI/GRTI/RCNT/DJT/AR/2012-3091-21 del 08 de abril de 2013 impugnada en la presente causa contiene todos los elementos de motivación establecidos en la ley”. En base a lo precedente, el Tribunal a quo “(…) dedujo que no existe violación alguna al derecho a la defensa, puesto que la contribuyente pudo ejercer el recurso contencioso tributario con un amplio y extenso escrito en el que abundó en detalles para contradecir precisamente los argumentos del SENIAT. Por lo anterior, el juez necesariamente declara que no existe en el presente caso violación alguna al derecho a la defensa. Así se decide”. Sobre el vicio de incompetencia del funcionario, expuso que “(…) las resoluciones de imposición de sanción e intereses de mora fueron firmadas por el Licenciado José Sabas Alfonso Tovar, en su condición de Jefe de la División de Contribuyentes Especiales de la Gerencia Regional de Tributos Internos Región Central, nombramiento que consta en Oficio N° SNAT/GGA-GRH-DCT/2011/D-030 N° 0000862 del 08 de febrero de 2011, competencia expresamente establecida en el artículo 106 de la Resolución N° 32 sobre la Organización, Atribuciones y Funciones del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT), publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 4.881 Extraordinario del 29 de marzo de 1995”. Por lo que, “(…) el Juez forzosamente declara competente a dicho funcionario para suscribir las resoluciones impugnadas. Así se decide”. Establecido lo anterior, el Tribunal de Instancia señaló lo siguiente: “Partiendo sobre la base que la conducta desplegada por la contribuyente no puede ser sancionada en forma irregular en ningún caso, este Tribunal Superior, atendiendo al criterio emanado de la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, caso: INDUSTRIA AZUCARERA SANTA CLARA C.A., (…) en el sentido de que en virtud de las amplias facultades de control de la legalidad que han sido conferidas a los jueces contencioso-tributarios, pueden éstos confirmar actos administrativos, modificarlos o revocarlos, sin que ello constituya violación del principio dispositivo que rige en el procedimiento civil ordinario, regulado en nuestro ordenamiento positivo por el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil; con fundamento a lo expresado y atendiendo al hecho que la labor del juez contencioso tributario está orientada fundamentalmente por el principio inquisitivo, el cual le facult...

Dispositiva

1.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el FISCO NACIONAL, contra la sentencia definitiva N° 1345 de fecha 19 de mayo de 2014, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central; en consecuencia, se REVOCA el fallo apelado. 2.- SIN LUGAR el recurso contencioso tributario incoado conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por la contribuyente UNIDADES DE CARGA, C.A. (UNICAR), contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° SNAT/INTI/GRTI/RCNT/DJT/AR/2012-3091-21 de fecha 8 de abril de 2013, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos Región Central del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), la cual queda FIRME. 3.- FIRMES las Resoluciones de Imposición de Sanciones e Intereses de Mora Nros. SNAT/INTI/GRTI/RCNT/DCE/2011/494, 495, 496, 497, 498, 499, 500, 501, 502, 503, 504, 505, 506, 507, 508 y 509 del 25 de mayo de 2011; 920 y 921 del 20 de julio de 2011; 1067 y 1068 del 25 de julio de 2011; 1230 y 1231 del 4 de agosto de 2011 y 1377 del 10 de agosto de 2011. Se CONDENA EN COSTAS a la contribuyente, en los términos expuestos en este fallo.

Palabras clave

actos administrativosderecho a la defensaincompetenciasancionescontencioso tributarioSENIATmotivación

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