Sentencia N° 1166 — Sala Político Administrativa del TSJ, 9 de mayo de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 01166, Exp. 2001-0186, 10/05/2006
Expediente2001-0186
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-05-09
DecisiónHomologado el desistimiento

Resumen

La sentencia se refiere a la homologación del desistimiento de la demanda de nulidad interpuesta por la República Bolivariana de Venezuela contra las empresas Central Azucarero del Táchira C.A. y Sociedad de Comercialización de Azúcares y Mieles S.A. El abogado Jesús Antonio Mendoza, actuando como representante judicial de la República, solicitó la homologación del desistimiento del procedimiento. La Sala analizó si el desistimiento cumplía con los requisitos de validez establecidos en el Código de Procedimiento Civil.

Extracto de la motiva

En virtud de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO de la demanda de nulidad del contrato administrativo suscrito con ocasión de un proceso licitatorio ejecutado por el Fondo de Inversiones de Venezuela (F.I.V.), destinado a privatizar los activos del Central Azucarero Ureña C.A., que se encuentra ubicado en la zona de seguridad fronteriza del Estado Táchira, el cual fue adjudicado a la sociedad mercantil Sociedad de Comercialización de Azúcares y Mieles S.A., (CIAMSA), y la sociedad Central Azucarero del Táchira C.A. (CAZTA).

Dispositiva

En virtud de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO de la demanda de nulidad del contrato administrativo suscrito con ocasión de un proceso licitatorio ejecutado por el Fondo de Inversiones de Venezuela (F.I.V.), destinado a privatizar los activos del Central Azucarero Ureña C.A., que se encuentra ubicado en la zona de seguridad fronteriza del Estado Táchira, el cual fue adjudicado a la sociedad mercantil Sociedad de Comercialización de Azúcares y Mieles S.A., (CIAMSA), y la sociedad Central Azucarero del Táchira C.A. (CAZTA). Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el presente expediente.

Palabras clave

nulidadcontrato administrativodesistimientohomologaciónFondo de InversionesCentral AzucareroTáchiraprocuraduría

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