Sentencia N° 1162 — Sala Político Administrativa del TSJ, 22 de julio de 2003

TSJ/SPA, Sent. N° 01162, Exp. 2003-0818, 23/07/2003
Expediente2003-0818
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2003-07-22
DecisiónCon Lugar

Resumen

La sentencia se refiere a un conflicto de competencia entre el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo y Agrario y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental. La abogada Nersa Adela Ortiz Vargas interpuso un recurso de nulidad contra una providencia administrativa de la Inspectoría del Trabajo. El Juzgado de Primera Instancia declaró con lugar el recurso de nulidad, lo que fue confirmado por el Juzgado Superior en una decisión posterior.

Extracto de la motiva

La presente causa fue remitida a esta Sala, para conocer del conflicto de competencia planteado entre el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental. Ahora bien, de las actas que conforman el expediente, se evidencia que en fecha 11 de noviembre de 1998, el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, declaro con lugar el recurso de nulidad interpuesto contra la Providencia Administrativa Nº 46, de fecha 11 de agosto de 1997, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO PORTUGUESA, que ordenó a la “denominación comercial” PRODUCTORES QUÍMICOS DE MANTENIMIENTO, PROQUIMAN, el reenganche del ciudadano Julio Cesar Navarro, y el pago de los salarios caídos desde la fecha de su despido hasta su efectiva reincorporación, y que dicha decisión fue confirmada en fecha 29 de enero de 1999, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en virtud del recurso de apelación ejercido por el tercero interviniente. Por tanto, concluye esta Sala que al quedar firme la decisión de fecha 11 de noviembre de 1998, que declaró con lugar el recurso de nulidad interpuesto, la ejecución de lo decidido le corresponde al mismo tribunal que dictó el fallo, es decidir, al Juzgado de Primera Instancia del Trabajo y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. Así se decide.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECLARA COMPETENTE al Juzgado de Primera Instancia del Trabajo y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, para ejecutar la sentencia dictada el 11 de noviembre de 1998, que declaró con lugar el recurso de nulidad interpuesto por la abogada Nersa Adela Ortiz Vargas, actuando en su carácter de apoderada judicial de la “denominación comercial” PRODUCTORES QUÍMICOS DE MANTENIMIENTO, PROQUIMAN, contra la Providencia Administrativa Nº 46, de fecha 11 de agosto de 1997, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO PORTUGUESA. Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese a las partes y remítase copia certificada de la presente decisión al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

conflicto de competenciarecurso de nulidadprovidencia administrativajuzgado de primera instanciajuzgado superiorejecución de sentenciatrabajoadministrativo

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca