Sentencia N° 1161 — Sala Político Administrativa del TSJ, 22 de julio de 2003

TSJ/SPA, Sent. N° 01161, Exp. 2003-0584, 23/07/2003
Expediente2003-0584
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2003-07-22
DecisiónDiferir

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre un conflicto negativo de competencia relacionado con un recurso de nulidad interpuesto por José Bernardo Guevara, en representación de la sociedad mercantil Turismo Consolidado Turisol Casa de Cambio, C.A. contra una providencia administrativa de la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara. La Sala establece su competencia para conocer del conflicto y decide diferir el pronunciamiento sobre cuál tribunal es el competente para conocer del recurso de nulidad interpuesto.

Extracto de la motiva

En el presente caso se ha planteado un conflicto negativo de competencia, entre el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, para conocer del recurso de apelación en contra de la decisión que declaró desistido el recurso de nulidad intentado contra un acto emanado de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA, mediante el cual se declaró con lugar una solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos; por tanto, esta Sala Político-Administrativa, actuando como cúspide jurisdiccional en materia administrativa, y visto que uno de los tribunales involucrados forma parte de la jurisdicción contencioso administrativa, se declara competente para conocer del presente conflicto.

Dispositiva

1.- ACEPTA la competencia para conocer del conflicto de competencia planteado. 2.- ACUERDA diferir el pronunciamiento respecto a cuál tribunal es el competente para conocer del recurso de nulidad interpuesto por el abogado José Bernardo Guevara, ya identificado, en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil TURISMO CONSOLIDADO TURISOL CASA DE CAMBIO, C.A., contra la Providencia Administrativa N° 93 de fecha 30 de abril de 1991, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos formulada por la ciudadana Dolores de los Ángeles Fernández González, ya identificada, en contra de la empresa hoy recurrente.

Palabras clave

conflicto de competenciarecurso de nulidadInspectoría del Trabajojurisdicción contencioso administrativacalificación de despidoreenganchesalarios caídos

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