Sentencia N° 1158 — Sala Político Administrativa del TSJ, 9 de mayo de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 01158, Exp. 2000-0381, 10/05/2006
Expediente2000-0381
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-05-09
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil SEGUROS LA SEGURIDAD, C.A. contra la denegatoria tácita del Ministro de Finanzas, confirmatoria de la Resolución Nº 99-2-2-2669 emitida por la Superintendencia de Seguros. La decisión se fundamenta en que la Superintendencia actuó conforme a derecho al imponer una multa por incumplimiento de obligaciones frente a los asegurados, considerando que la recurrente no demostró la existencia de vicios en el procedimiento administrativo sancionador.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la Superintendencia de Seguros, al emitir la Resolución impugnada, no incurrió en usurpación de funciones, ya que no se pronunció sobre la obligación de la empresa de seguros de pagar la totalidad del siniestro, sino que dejó claro que no tenía causa justificada para rechazar el pago de una parte de aquél. En consecuencia, se desestiman los alegatos de la recurrente sobre la falta de motivación y proporcionalidad de la sanción impuesta, concluyendo que la multa de Bs. 5.600.000 se encuentra dentro de los límites establecidos por la ley y es proporcional a la gravedad de la infracción cometida.

Dispositiva

1. SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por los abogados Alberto Blanco-Uribe Quintero y María Antonieta Trezza Mastrangelo, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil SEGUROS LA SEGURIDAD, C.A., ahora MAPFRE La Seguridad C.A. de Seguridad, contra la denegatoria tácita del MINISTRO DE FINANZAS, confirmatoria de la Resolución Nº 99-2-2-2669 emitida por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS, la cual decidió el recurso de reconsideración ejercido contra la Resolución Nº 99-2-2-1480, que impuso a la recurrente multa por Cinco Millones Seiscientos Mil Bolívares (Bs. 5.600.000). 2. Firmes las Resoluciones Nº 99-2-2-1480 y la Nº 99-2-2-2669, de fechas 06 de agosto y 10 de noviembre de 1999, respectivamente, emanadas de la Superintendencia de Seguros.

Palabras clave

recurso contencioso administrativonulidadmultaSuperintendencia de Segurosderecho a la defensaproporcionalidadelusiónrechazo genérico

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