Sentencia N° 1156 — Sala Político Administrativa del TSJ, 22 de julio de 2003

TSJ/SPA, Sent. N° 01156, Exp. 1999-16714, 23/07/2003
Expediente1999-16714
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2003-07-22
DecisiónSin Lugar

Resumen

El ciudadano Francisco Jaime Ruiz interpuso un recurso de nulidad contra una resolución del Contralor General de la República que declaró sin lugar un recurso jerárquico y confirmó la responsabilidad administrativa del impugnante. La Sala Político-Administrativa del TSJ analizó los argumentos del recurrente, concluyendo que la resolución impugnada no adolecía de inmotivación y que se habían examinado adecuadamente los alegatos presentados. Finalmente, la Sala declaró sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por Ruiz.

Extracto de la motiva

Efectuada la lectura y análisis de las actas que conforman el presente expediente, este Máximo Tribunal procede a pronunciarse en los siguientes términos: En su escrito el actor expresa, que el acto recurrido adolece del vicio de inmotivación pues no resolvió la totalidad de los argumentos expuestos en el recurso jerárquico intentado en su oportunidad, infringiendo de esta manera los artículos 89, 9 y 18 en su numeral 5 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos. En este sentido se observa, que en el referido recurso el hoy impugnante, procedió a invocar como parte de sus fundamentos, el escrito de descargos que presentó ante la Dirección de Averiguaciones Administrativas de la Contraloría General de la República e igualmente, formuló una serie de alegatos relacionados con el ejercicio de control previo que le correspondía realizar sobre la orden de trabajo que originó la averiguación administrativa instruida y con la constitución de garantías y revisión de precios que debía verificar. Así, se evidencia del expediente judicial, que la resolución impugnada analiza los argumentos expresamente expuestos por el ciudadano Francisco Jaime Ruiz en el recurso jerárquico, sin embargo no se hace suficiente referencia a lo concerniente a la “ratificación” de los alegatos indicados en el escrito de descargos formulada por el precitado ciudadano. A este respecto estima la Sala, que la ausencia de pronunciamiento por parte de la Administración sobre aspectos no especificados de manera clara y precisa por el particular, como sucede en el presente caso, no configura una inmotivación capaz de viciar de nulidad el acto recurrido, más aún cuando los señalamientos realizados en el escrito de descargos y que hicieron valer nuevamente al interponerse el recurso jerárquico, fueron debidamente examinados y decididos por la autoridad administrativa al dictar el acto de primer grado. Es así como resulta conveniente precisar, que toda resolución administrativa resulta motivada cuando contiene, aunque no todos, los principales elementos de hecho y de derecho, esto es, cuando contemple el asunto debatido y su principal fundamentación legal, de modo que el interesado pueda conocer el razonamiento de la Administración y lo que la llevó a tomar la decisión.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano FRANCISCO JAIME RUIZ, titular de la cédula de identidad Nº 4.004.003, asistido por el abogado Rafael Quiñónez, contra la Resolución de fecha 2 de junio de 1999, dictada por el Contralor General de la República en el expediente Nº 1-07-98-004, mediante la cual declaró sin lugar el recurso jerárquico intentado en su oportunidad y en consecuencia confirmó la decisión dictada el 3 de marzo de 1999, por la Dirección de Averiguaciones Administrativas de la Contraloría General de la República.

Palabras clave

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