DecisiónPARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario, y CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el Fisco Nacional.
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso contencioso tributario interpuesto por Inversiones Twenty One C.A. contra la Resolución de Imposición de Sanción del SENIAT. Se declaró parcialmente con lugar el recurso, revocando la sanción impuesta por el SENIAT, y se ordenó la emisión de nuevas planillas de pago ajustadas a la decisión. Además, se admitió el recurso jerárquico interpuesto por la contribuyente, considerando que la Administración Tributaria incurrió en errores en la aplicación de las sanciones.
Extracto de la motiva
En virtud de la declaratoria contenida en el fallo apelado, así como de los alegatos formulados en su contra por la apoderada judicial del Fisco Nacional, corresponde a esta Sala pronunciarse acerca de la apelación interpuesta por dicha representación contra la sentencia Nº 0429, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central el 22 de noviembre de 2007, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil INVERSIONES TWENTY ONE C.A. Al respecto, observa esta Sala que la controversia planteada en el caso de autos se circunscribe a decidir sobre el supuesto error en que habría incurrido el mencionado Tribunal al interpretar y aplicar el artículo 99 del Código Penal, en concordancia con el artículo 79 del Código Orgánico Tributario de 2001. No obstante, previamente este Máximo Tribunal debe declarar firmes los pronunciamientos del Tribunal a quo, no apelados por la contribuyente ni desfavorables a las pretensiones del Fisco Nacional: 1) Omisión del número de inscripción en el Registro de Información Fiscal (R.I.F.) en los avisos impresos de publicidad. 2) Llevar el libro de ventas desde octubre de 2004 hasta septiembre de 2005, sin cumplir con las formalidades legales y reglamentarias. 3) Emitir facturas durante los períodos tributarios comprendidos entre octubre de 2004 y octubre de 2005, con prescindencia parcial de las formalidades legales. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: 1.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el Fisco Nacional, contra la sentencia Nº 429 dictada por Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central el 22 de noviembre de 2007. En consecuencia, se REVOCA del referido fallo la declaratoria de procedencia de la figura del delito continuado previsto en el artículo 99 del Código Penal. 2.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario incoado por la sociedad mercantil INVERSIONES TWENTY ONE C.A. contra la Resolución de Imposición de Sanción Nº GRTI-RCE-DFD-2005-04-DF-PEC-608 de fecha 30 de diciembre de 2005. En consecuencia: Se REVOCA la Resolución de Imposición de Sanción en lo concerniente al quantum de las multas aplicadas. Se ORDENA anular las Planillas de Liquidación y expedir las Sustitutivas conforme a los términos expuestos en el presente fallo.
Palabras clave
Contencioso TributarioSancionesImpuesto al Valor Agregado