Sentencia N° 1152 — Sala Político Administrativa del TSJ, 26 de agosto de 2004

TSJ/SPA, Sent. N° 01152, Exp. 2004-0641, 31/08/2004
Expediente2004-0641
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoConsulta
Fecha de la decisión2004-08-26
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia recibió un expediente remitido por la Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Amazonas, relacionado con una demanda por cobro de prestaciones sociales interpuesta por Juan Carlos Arvelo contra la Alcaldía del Municipio Manapiare. La Corte de Apelaciones había declarado parcialmente con lugar la demanda y ordenó la consulta de dicha decisión debido a la inoperatividad de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo.

Extracto de la motiva

El caso de autos fue remitido a los fines de que esta Sala resolviese la consulta de la decisión de fecha 04 de junio de 2004, mediante la cual la Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Amazonas, declaró parcialmente con lugar la demanda incoada contra la Alcaldía del Municipio Manapiare del Estado Amazonas. En auto de fecha 17 de junio de 2004 el Juzgado antes identificado señaló: “Vista la sentencia dictada por esta Corte de Apelaciones en fecha 04JUN2004, este Tribunal, conforme al artículo 70 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, ordena la consulta obligatoria de la referida decisión, y considerando la problemática surgida con motivo de la destitución de los Magistrados de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que ha generado la inoperatividad de dicha Corte, se acuerda remitir el presente expediente a la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia”.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que la COMPETENTE para conocer la consulta planteada es la Corte de lo Contencioso Administrativo que por distribución le corresponda. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente a la Corte de lo Contencioso Administrativo encargada de la distribución de causas. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

consultacompetenciaprestaciones socialescobrocontencioso administrativoalcaldíainoperatividadmagistrados

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