Sentencia N° 1142 — Sala Político Administrativa del TSJ, 13 de octubre de 2015

TSJ/SPA, Sent. N° 01142, Exp. 2015-0880, 14/10/2015
Expediente2015-0880
PonenteINOCENCIO FIGUEROA ARIZALETA
MateriaLaboral
Tipo de recursoRegulacion de Jurisdiccion
Fecha de la decisión2015-10-13
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, a través de la Sala Político-Administrativa, se pronunció sobre un recurso de regulación de jurisdicción interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada, en relación a una demanda por accidente laboral. La Sala determinó que el Poder Judicial tiene jurisdicción para conocer y decidir sobre la homologación de la transacción laboral entre el demandante y la empresa demandada, revocando la decisión anterior que había declarado la falta de jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública.

Extracto de la motiva

Con fundamento en lo establecido en el artículo 23, numeral 20 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, el artículo 26 numeral 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y los artículos 59 y 66 del Código de Procedimiento Civil, corresponde a esta Sala Político Administrativa, conocer los recursos de regulación de jurisdicción. Se advierte que el órgano jurisdiccional remitente, declaró la falta de jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública por órgano de la Inspectoría del Trabajo para conocer de la solicitud de homologación de la transacción suscrita entre el ciudadano Hernán Rafael Bolívar Torrealba y la empresa Club Campestre y Posada Turística El Tizón de José, C.A. suscitada durante la tramitación de una “demanda por accidente laboral”. Al respecto, la Sala observa que la transacción está definida en el artículo 1.713 del Código Civil como un contrato por el cual las partes, mediante recíprocas concesiones, terminan un litigio pendiente o precaven uno eventual, con fuerza de ley (artículo 1.159 del Código Civil) y de cosa juzgada (artículo 1.718 eiusdem). De las referidas normas se desprende la existencia de dos tipos de transacciones: i) la judicial, que se produce dentro del proceso y con las cuales se busca darle fin a un juicio, y ii) la extrajudicial, con la cual se pretende evitar una eventual contención judicial.

Dispositiva

1.- CON LUGAR el recurso de regulación de jurisdicción interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 10 de junio de 2015. 2.- EL PODER JUDICIAL TIENE JURISDICCIÓN frente a la Administración Pública, para conocer y decidir la solicitud de homologación de transacción suscrita por el ciudadano HERNÁN RAFAEL BOLÍVAR TORREALBA y la empresa CLUB CAMPESTRE Y POSADA TURÍSTICA EL TIZÓN DE JOSÉ, C.A. 3.- En consecuencia, se REVOCA la decisión de fecha 10 de junio de 2015, dictada por el a quo.

Palabras clave

regulación de jurisdicciónaccidente laboraltransacción laboral

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