Sentencia N° 1141 — Sala Político Administrativa del TSJ, 24 de octubre de 2017

TSJ/SPA, Sent. N° 01141, Exp. 2014-1212, 25/10/2017
Expediente2014-1212
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2017-10-24
DecisiónCon Lugar

Resumen

La sentencia del Tribunal Supremo de Justicia revoca la decisión del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que había declarado sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por BFC Banco Fondo Común, C.A. La Sala determina que hubo una violación al debido procedimiento administrativo, ya que no se permitió a la contribuyente presentar pruebas en su defensa. Se anula la resolución que confirmaba el reparo fiscal y se condena al Municipio Valencia en costas procesales. La decisión establece que la causa debe ser reabierta para permitir la admisión del recurso de apelación.

Extracto de la motiva

En cuanto a la prescripción alegada señaló que “(…) la contribuyente reconoce y defiende que no declaró los ingresos brutos correspondiente al contenido de los códigos de cuentas 512, 532, 534, 535 y 538, por lo cual es evidente que no cumplió con la obligación de declarar este hecho imponible en las declaraciones correspondientes, razones por las cuales el juez declara que no operó la prescripción solicitada por la recurrente para el año 2003 y debe aplicarse el período de 6 años dispuesto en el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico Tributario”. Con relación a la inmotivacion del acto por no señalar las causas de las diferencias de impuesto sobre actividades económicas de industria, comercio, servicios o...

Dispositiva

1.- CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la empresa BFC BANCO FONDO COMÚN, C.A., BANCO UNIVERSAL, contra la sentencia definitiva Nro. 1.162 de fecha 26 de octubre de 2012 dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, que declaró sin lugar el recurso contencioso tributario incoado conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, la cual se REVOCA. 2.- CON LUGAR el aludido recurso contencioso tributario incoado por la precitada recurrente y se ANULA la Resolución Nro. DA/478/2009 del 20 de julio de 2009 emanada del Alcalde del MUNICIPIO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO. 3.- Se CONDENA en costas procesales al Municipio Valencia del Estado Carabobo, en un monto equivalente al cinco por ciento (5%) de la cuantía del recurso contencioso tributario, en los términos expuestos en este fallo. 4.- Se ORDENA reponer la causa al estado de admisión del “recurso de apelación” ejercido contra la Resolución Nro. RRC/2009-04-016 del 29 de abril de 2009.

Palabras clave

prescripciónobligación tributariadebido procesoinmotivaciónintereses moratoriossancionesrecurso contencioso

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