Sentencia N° 1140 — Sala Político Administrativa del TSJ, 24 de octubre de 2017

TSJ/SPA, Sent. N° 01140, Exp. 2014-0688, 25/10/2017
Expediente2014-0688
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2017-10-24
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por American Airlines, INC. contra la sentencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que había declarado sin lugar la demanda de nulidad contra un acto administrativo del INAC. La Corte consideró que la empresa no demostró su inocencia respecto a los incumplimientos en los itinerarios de vuelos, y que la sanción impuesta era válida dado que la responsabilidad administrativa es objetiva. La Sala reafirmó que la empresa tuvo la oportunidad de presentar su defensa y que no se vulneró su derecho a la defensa ni la presunción de inocencia.

Extracto de la motiva

La Corte Primera de lo Contencioso Administrativo declaró sin lugar la demanda de nulidad interpuesta, con fundamento en las siguientes consideraciones: Que la demandante alegó la violación del principio de presunción de inocencia, por cuanto -a su decir- el acto administrativo impugnado afirmó que su representada incurrió en la violación del artículo 126 de la Ley de Aeronáutica Civil, siendo que la Administración confunde el régimen de responsabilidad civil objetiva que tiene por objeto indemnizar los daños ocasionados a terceros, en virtud de los riesgos que la actividad regulada genere en una eventual contravención de esa normativa jurídico administrativa que rige la materia. En ese sentido, la Corte consideró que esa garantía constitucional consagrada en el artículo 49 de la Constitución resulta aplicable a los procedimientos administrativos o judiciales, siendo necesaria la existencia de un procedimiento previo a la imposición de la sanción, el cual ofrezca las garantías mínimas al sujeto investigado, la sanción impuesta debe ir precedida de una actividad probatoria, con el fin de impedir que la Administración imponga sanciones a los administrados sin las pruebas suficientes; la carga de la actividad probatoria pesa sobre los acusadores y que no existe carga del acusado sobre la prueba de su inocencia, por lo que debe demostrarse de manera contundente durante la sustanciación del procedimiento administrativo, la existencia de los hechos que configuran la causal imputada que justifique el ejercicio por parte de la Administración de la potestad sancionatoria que le es atribuida por Ley.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la aerolínea American Airlines, INC., contra la sentencia Nro. 2014-0062, de fecha 23 de enero de 2014, dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, que declaró sin lugar la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con medida cautelar innominada y subsidiariamente solicitud de suspensión de efectos por la referida sociedad mercantil contra el acto administrativo S/N dictado el 2 de junio de 2009, por el INSTITUTO NACIONAL DE AERONÁUTICA CIVIL (I.N.A.C.), notificado el 11 del mismo mes y año a través del oficio Nro. PRE/CJU/GPA-1798-000067 de la misma fecha, en el cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración incoado contra la Providencia Administrativa Nro. PRE-CJU-GPA-009-09 del 23 de enero de 2009 y confirmó la sanción pecuniaria impuesta a la recurrente por la cantidad de un mil Unidades Tributarias (1.000 U.T). 2.- CONFIRMA la sentencia apelada. 3.- FIRME el acto administrativo impugnado.

Palabras clave

Contencioso AdministrativoNulidadAmerican AirlinesINACPresunción de Inocencia

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