La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de regulación de jurisdicción interpuesto por la entidad de trabajo ITBC de Venezuela, C.A., en relación a una demanda por cobro de prestaciones sociales presentada por la ciudadana Neliana Katiuska Marrero. El tribunal confirmó su jurisdicción para conocer el caso, argumentando que el procedimiento administrativo previo no había culminado en una decisión que resolviera la controversia planteada. Finalmente, se declaró sin lugar el recurso y se condenó en costas a la empresa demandada.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Es relevante reiterar, que las partes pueden decidir el procedimiento mediante el cual van a dilucidar su controversia, sin que esto implique violación de normas de orden público, toda vez que bien los árbitros (caso del arbitraje), el mediador (caso de la mediación (caso de la mediación) o el conciliador (en caso IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 6 de 19 de la conciliación), deberán aplicar las disposiciones de orden público vigentes para la resolución del conflicto planteado, por lo cual en materia laboral, en ningún caso implica la renuncia
Dispositiva
1.- SIN LUGAR el recurso de regulación de jurisdicción ejercido en fecha 13 de agosto de 2025, por la representación judicial de la entidad de trabajo ITBC DE VENEZUELA, C.A. 2.- Que el PODER JUDICIAL SÍ TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, incoada por la ciudadana NELIANA KATIUSKA MARRERO, asistida por los abogados Ranieri Adrián Toledo Taillefer y René Gumersindo Padrón Mijares, ya identificados, contra la referida sociedad mercantil. 3.- Se CONFIRMA la sentencia s/n de fecha 11 de agosto de 2025, dictada por el Tribunal Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en los términos expuestos en el presente fallo. 4.- SE CONDENA EN COSTAS a la empresa ITBC DE VENEZUELA, C.A.