La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el Inspector General de Tribunales contra el acto administrativo que amonestó al ciudadano Hermann de Jesús Vásquez Flores. La Sala consideró que la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial actuó conforme a derecho al imponer la sanción de amonestación, ya que se comprobó que el juez encausado incurrió en descuidos injustificados en la tramitación de procesos judiciales. Sin embargo, la Sala determinó que no existió abuso de autoridad por parte del juez, ya que su actuación se ajustó a los lineamientos legales y constitucionales.
Extracto de la motiva
La Sala observa que las denuncias formuladas por el referido órgano recurrente, se circunscriben a los siguientes aspectos: 1.- Abuso de autoridad al inmiscuirse el juez encausado en una causa civil ajena enteramente a él, por lo que no estaba facultado para oficiar al Juzgado Ejecutor de Medidas ni al Juzgado de Primera Instancia para que éstos se abstuvieran de practicar la entrega material ordenada en el juzgado civil, verificándose con este proceder una intromisión en un ámbito que no era de su competencia. 2.- Violación del artículo 62 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, contentivo del principio de exhaustividad administrativa, al no haberse pronunciado en cuanto a la imputación hecha por su representada, relacionada con la inobservancia por parte del juez encausado, de los lapsos y términos para dictar y publicar sentencias en más de siete (7) expedientes judiciales. 3.- Alteración de las actas del expediente judicial signado con el N° 022088, según la nomenclatura interna del Juzgado a cargo del juez encausado, al incorporar una sentencia de fecha 07 de octubre del 2003, con posterioridad a una diligencia suscrita por el denunciante en fecha 08 de octubre de 2003.
Dispositiva
1. SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el INSPECTOR GENERAL DE TRIBUNALES, contra el acto administrativo de efectos particulares dictado por la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL, de fecha 9 de noviembre de 2004, mediante el cual fue amonestado el ciudadano HERMANN DE JESÚS VÁSQUEZ FLORES, en su condición de Juez Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. 2.- FIRME el acto administrativo impugnado. Publíquese, regístrese y comuníquese. Devuélvase el expediente administrativo y archívese el judicial. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
amonestaciónabuso de autoridadretardo procesalinspectoría generaljuezprocedimiento administrativonulidadtutela judicial