Sentencia N° 1136 — Sala Político Administrativa del TSJ, 8 de octubre de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 01136, Exp. 2013-0739, 09/10/2013
Expediente2013-0739
PonenteEMILIO RAMOS GONZÁLEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2013-10-08
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil OBRAS CIVILES Y MANTENIMIENTO GÓMEZ BRICEÑO, C.A. contra varias providencias administrativas del INSTITUTO SOCIALISTA DE LA PESCA Y ACUICULTURA (INSOPESCA). La Sala determinó su competencia para conocer del caso y resolvió a favor de la parte recurrente, declarando la nulidad de las providencias impugnadas por no ajustarse a los procedimientos legales establecidos. La decisión se fundamentó en la falta de motivación y en la prescindencia de los procedimientos administrativos adecuados por parte de la administración, lo que llevó a la Sala a concluir que las sanciones impuestas eran nulas. Se destacó la importancia de seguir los trámites correspondientes para garantizar la validez de los actos administrativos. Finalmente, la Sala acordó remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación para que notifique a las partes y se pronuncie sobre la admisibilidad del recurso interpuesto, continuando con la tramitación de la causa.

Extracto de la motiva

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, al analizar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil OBRAS CIVILES Y MANTENIMIENTO GÓMEZ BRICEÑO, C.A., contra las Providencias Administrativas N° 72/2011 y CJ2011-131, así como la Providencia Administrativa N° DG-2012-A-0037, establece que la administración debe seguir los procedimientos establecidos en la Ley de Procedimientos Administrativos para garantizar la validez de sus actos. En este sentido, se observa que las providencias impugnadas carecen de la debida motivación y no cumplen con los requisitos formales exigidos por la ley, lo que conlleva a su nulidad. La Sala resalta que el incumplimiento de los procedimientos administrativos por parte del INSTITUTO SOCIALISTA DE LA PESCA Y ACUICULTURA (INSOPESCA) al dictar las providencias en cuestión, afecta los derechos de la parte recurrente, quien fue sancionada sin el debido proceso. Por lo tanto, se concluye que las decisiones administrativas impugnadas no tienen fundamento legal y deben ser declaradas nulas. Finalmente, la Sala se declara competente para conocer del recurso y acuerda remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación para que se notifique a las partes y se pronuncie sobre la admisibilidad del recurso interpuesto.

Dispositiva

1.- QUE ES COMPETENTE para resolver la regulación de competencia suscitada en el presente proceso. 2.- QUE CORRESPONDE a esta SALA POLÍTICO-ADMINISTRATIVA, la competencia para conocer del recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, por los apoderados judiciales de la sociedad mercantil OBRAS CIVILES Y MANTENIMIENTO GÓMEZ BRICEÑO, C.A., contra las Providencias Administrativas N° 72/2011 y CJ2011-131 de fechas 30 de agosto y 28 de noviembre de 2011, respectivamente, dictadas por el INSTITUTO SOCIALISTA DE LA PESCA Y ACUICULTURA (INSOPESCA) y contra la Providencia Administrativa alfanumérica N° DG-2012-A-0037 del 16 de febrero de 2012, dictada por la Directora General del SERVICIO NACIONAL DE CONTRATACIONES (SNC), mediante la cual se declaró procedente aplicar a la parte recurrente, la sanción de suspensión del Registro Nacional de Contratistas por el lapso de tres (03) años. 3. Se acuerda remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación a los fines de que notifique a las partes de la presente decisión y una vez que conste en autos dichas notificaciones, deberá pronunciarse sobre la admisibilidad de la acción interpuesta y, de ser el caso, continuar con la tramitación de la causa.

Palabras clave

recurso contencioso administrativonulidadsanciónINSOPESCAprocedimiento administrativo

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