El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, decidió parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por FMC Wellhead de Venezuela, S.A. contra la Resolución del SENIAT. Se revocó la procedencia de la prescripción de ciertas sanciones y se confirmó la aplicación de las reglas de concurrencia de infracciones. La Sala ordenó al SENIAT recalcular las sanciones tomando en cuenta el valor de la unidad tributaria vigente al momento del pago.
Extracto de la motiva
El Tribunal de mérito consideró que la Administración Tributaria había incurrido en vicios de falso supuesto al interpretar erróneamente la normativa tributaria. Se analizó la prescripción de las sanciones y se concluyó que no había transcurrido el lapso prescriptivo debido a las notificaciones de las planillas de liquidación. Asimismo, se determinó que las sanciones debían ser calculadas conforme a las reglas de concurrencia de infracciones, lo que llevó a la revocación de ciertos pronunciamientos del Tribunal de instancia.
Dispositiva
Se declara parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por FMC Wellhead de Venezuela, S.A. contra la Resolución N° SNAT-INTI-GRTI-RZU-DJT-CRJ-VAP-2011-000219 del 29 de julio de 2011. Se revoca lo relativo a la procedencia de la prescripción de las sanciones y se ordena al SENIAT realizar el recálculo de las multas conforme a las reglas de la concurrencia de infracciones y el valor de la unidad tributaria vigente al momento del pago.