DecisiónLa extinción de la acción por pérdida del interés
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo y el Juzgado Superior Sexto en lo Civil y Contencioso Administrativo. Ambos tribunales se declararon incompetentes para conocer del recurso de nulidad interpuesto por Luisa América Molinet Ortiz en representación de Edgar José Jaimes Cárdenas y Porfirio Riveros contra un acto administrativo del Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela. La Sala, tras analizar el expediente, determinó su competencia para resolver el conflicto y declaró la extinción de la acción por pérdida del interés procesal, dado que no hubo actuación de las partes durante un prolongado periodo de tiempo.
Extracto de la motiva
La Sala ha admitido la posibilidad de extinción de la acción por pérdida del interés, toda vez que el interés no sólo es esencial para la interposición de un recurso, sino que debe permanecer a lo largo de todo el proceso, al ser inútil y gravoso continuar con un juicio en el que no existe interesado. En este sentido, la Sala Constitucional de este Alto Tribunal en sentencia N° 416 del 28 de abril de 2009, al referirse a la pérdida del interés procesal, manifestó que la misma puede darse en dos casos de inactividad: antes de la admisión de la demanda o después de que la causa ha entrado en estado de sentencia. En el presente caso se está claramente en presencia de la primera de las situaciones: no hubo pronunciamiento respecto de la admisión de la demanda y, sin embargo, los demandantes dejaron de instar para que ello se produjese. De este modo, siendo que a partir del 7 de febrero de 2008, los recurrentes dejaron de manifestar interés, la Sala en atención a su propia jurisprudencia, declara la pérdida del interés.
Dispositiva
1.- Que es COMPETENTE para resolver el conflicto negativo planteado. 2.- LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS en la presente causa. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente. Devuélvase el expediente administrativo. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
conflicto negativocompetencianulidadpérdida del interés