Sentencia N° 1132 — Sala Político Administrativa del TSJ, 25 de octubre de 2016

TSJ/SPA, Sent. N° 01132, Exp. 2014-0664, 27/10/2016
Expediente2014-0664
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2016-10-25
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso de nulidad interpuesto por Ford Motor de Venezuela, S.A. contra el acto administrativo del INDEPABIS que impuso una multa de 2.500 unidades tributarias. La Corte Primera de lo Contencioso Administrativo había declarado sin lugar el recurso, lo que fue confirmado por esta Sala. Se argumentó que no hubo violación al debido proceso ni a los principios de tipicidad y legalidad, y que la sanción impuesta fue proporcional a las infracciones cometidas por la empresa demandante.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el acto impugnado se fundamentó en la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, y que las infracciones cometidas por la empresa se subsumen en las sanciones previstas en dicha ley. Se concluye que la administración actuó en protección de los derechos de los consumidores, y que no se evidencian pruebas que demuestren la transgresión de los derechos alegados por la parte actora. La Corte reafirma que la sanción impuesta fue adecuada y proporcional a las infracciones cometidas.

Dispositiva

Se declara SIN LUGAR la apelación planteada por la representante judicial de la sociedad mercantil FORD MOTOR DE VENEZUELA, S.A, contra la sentencia Nro. 2014-0193 dictada el 6 de febrero de 2014, dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, que declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad incoado por la citada sociedad mercantil, contra el acto administrativo S/N de fecha 1º de marzo de 2011 dictado por el entonces INSTITUTO PARA LA DEFENSA DE LAS PERSONAS EN EL ACCESO A LOS BIENES Y SERVICIOS (INDEPABIS), hoy Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (SUNDEE), que entre otros pronunciamientos sancionó a su representada con “multa de DOS MIL QUINIENTAS (2500) UNIDADES TRIBUTARIAS”, así como contra la planilla de liquidación de la referida multa, identificada con el Nro. 65721001, librada por el mencionado Instituto el 2 del mismo mes y año. En consecuencia se CONFIRMA dicho fallo.

Palabras clave

NulidadContencioso-AdministrativoINDEPABISFord Motor de Venezuela

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