Sentencia N° 1124 — Sala Político Administrativa del TSJ, 28 de julio de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 01124, Exp. 1994-10972, 29/07/2009
Expediente1994-10972
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2009-07-28
DecisiónConcluido

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declara concluido el proceso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente Servicios Generales de Mantenimiento (SEGEMA), C.A. contra actos administrativos relacionados con la liquidación de impuestos. La decisión se basa en la solicitud de la contribuyente de acogerse a los beneficios de la Ley de Remisión Tributaria, la cual fue aceptada tras la presentación del finiquito correspondiente por parte del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).

Extracto de la motiva

Vistas las actuaciones antes señaladas, pasa la Sala a proveer lo conducente respecto de la solicitud efectuada por la apoderada judicial de la contribuyente, sobre la extinción de las obligaciones contenidas en: i) Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo No. HCF-SA-261 del 18 de junio de 1992 y ii) Planilla de Liquidación No. 01-1-65-000495 de fecha 21 de diciembre de 1992, emitidas por la Administración de Hacienda de la Región Capital, del entonces Ministerio de Hacienda (hoy Ministerio del Poder Popular para la Economía y Finanzas), por los montos de seiscientos dieciséis mil setecientos treinta bolívares con diecisiete céntimos (Bs. 616.730,17), trescientos ocho mil trescientos sesenta y cinco bolívares con nueve céntimos (Bs. 308.365,09) y cuatrocientos doce mil doscientos ochenta y cuatro bolívares con doce céntimos (Bs. 412.284,12), en concepto de impuesto sobre la renta, multa e intereses moratorios, respectivamente, para el ejercicio fiscal coincidente con el año civil 1986, al acogerse al beneficio de remisión tributaria y la posterior consignación en autos del finiquito respectivo. A tal efecto se aprecia lo siguiente: Mediante diligencia presentada el 19 de mayo de 2009, las abogadas María Flor Sequera y Edelmira Durán, inscritas en el INPREABOGADO bajo los Nros. 64.132 y 114.508, respectivamente, actuando en representación del Fisco Nacional, consignaron “copia certificada a objeto de ser agregado al expediente (sic) Finiquito (Ley de Remisión Tributaria) N° GCE/DR/ACO/2006-1753 notificado en fecha 16/05/2006 emanado de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital”.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CONCLUIDO el presente proceso iniciado con ocasión del recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente SERVICIOS GENERALES DE MANTENIMIENTO (SEGEMA), C.A., contra los actos administrativos contenidos en: i) Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo No. HCF-SA-261 del 18 de junio de 1992 y ii) Planilla de Liquidación No. 01-1-65-000495 de fecha 21 de diciembre de 1992, emitidas por la Administración de Hacienda de la Región Capital, del entonces Ministerio de Hacienda (hoy Ministerio del Poder Popular para la Economía y Finanzas), por los montos de seiscientos dieciséis mil setecientos treinta bolívares con diecisiete céntimos (Bs. 616.730,17), ahora expresados en seiscientos dieciséis bolívares con setenta y tres céntimos (Bs. 616,73), trescientos ocho mil trescientos sesenta y cinco bolívares con nueve céntimos (Bs. 308.365,09), ahora expresados en trescientos nueve bolívares con treinta y siete céntimos (Bs. 308,37) y cuatrocientos doce mil doscientos ochenta y cuatro bolívares con doce céntimos (Bs. 412.284,12), ahora expresados en cuatrocientos doce bolívares con veintiocho céntimos (Bs. 412,28), en concepto de impuesto sobre la renta, multa e intereses moratorios, respectivamente, para el ejercicio fiscal coincidente con el año civil 1986. Remítase el expediente al Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de su archivo definitivo. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

remisión tributariaimpuesto sobre la rentaSENIATfiniquitoobligaciones tributariasadministración tributaria

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