DecisiónLA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN por PÉRDIDA DEL INTERÉS
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara la extinción de la acción por pérdida del interés en el recurso de apelación interpuesto por la parte codemandada. Se argumenta que, a pesar de las notificaciones ordenadas, la parte apelante no manifestó interés en continuar con el proceso, lo que llevó a la decisión de extinguir la acción. La sentencia reafirma la importancia del interés procesal como requisito para la continuación de los procedimientos judiciales.
Extracto de la motiva
Correspondería a esta Sala resolver la apelación interpuesta por la ciudadana Clara Leal de Contreras y los ciudadanos José Ángel Contreras Álvarez y Pablo Ibáñez, parte codemandada, contra el fallo del 14 de agosto de 1997 dictado por el entonces Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, que declaró parcialmente con lugar la demanda de nulidad incoada por las ciudadanas Mercedes Margarita Álvarez de Contreras, Irma Margarita Contrera de Álvarez, María Edelmira Contreras Álvarez, y el ciudadano Oswaldo Contreras Álvarez, contra la precitada ciudadana y precitados ciudadanos y del Municipio Acosta del Estado Falcón. No obstante, se advierte lo siguiente: Como se indicó precedentemente, por sentencia N° 01460 del 5 de diciembre de 2012, esta Sala ordenó la notificación de la parte codemandada apelante con la finalidad que comparecieran ante este órgano jurisdiccional a fin que manifestasen su interés en que se decidiera sobre la apelación ejercida, en virtud que desde la fecha en que esta Máxima Instancia sumió la competencia para conocer del presente asunto (17 de mayo de 2006) hasta la fecha de la precitada decisión, habían transcurrido más de seis (6) años, sin que las mismas hubiesen realizado otro acto de procedimiento que demostrase su interés en la resolución del recurso.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN por PÉRDIDA DEL INTERÉS en el recurso de apelación incoado por la representación judicial de la ciudadana CLARA LEAL DE CONTRERAS y los ciudadanos JOSÉ ÁNGEL CONTRERAS ÁLVAREZ y PABLO IBÁÑEZ, codemandados, contra el fallo del 14 de agosto de 1997 dictado por el entonces Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, que declaró parcialmente con lugar la demanda de nulidad de documento incoada por las ciudadanas MERCEDES MARGARITA ÁLVAREZ DE CONTRERAS, IRMA MARGARITA CONTRERAS DE ÁLVAREZ, MARÍA EDELMIRA CONTRERAS ÁLVAREZ, y el ciudadano OSWALDO CONTRERAS ÁLVAREZ, contra el MUNICIPIO ACOSTA DEL ESTADO FALCÓN y la ciudadana y ciudadanos antes identificados. En consecuencia, queda FIRME el fallo impugnado.