La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Seguridad Delta Compañía Anónima (SEDELCA) contra la decisión de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo que declaró improcedente la medida de amparo cautelar. La apelante argumentó la falta de pronunciamiento de la Coordinación Nacional de los Servicios de Vigilancia Privada respecto a la renovación de su autorización de funcionamiento y el registro de un Acta de Asamblea General Extraordinaria.
La Corte observó que la solicitud de amparo cautelar no podía confundirse con el recurso contencioso administrativo por abstención o carencia, ya que ambas pretensiones debían ser distintas. La Sala concluyó que otorgar la medida cautelar solicitada equivaldría a satisfacer el recurso principal, lo que no era procedente. Por lo tanto, se declaró sin lugar la apelación y se confirmó la decisión de la Corte Segunda.
Finalmente, se ordenó la publicación y registro de la sentencia, la cual fue firmada por los magistrados presentes en la discusión, con la excepción de la magistrada Evelyn Marrero Ortíz, quien no estuvo presente por motivos justificados.
Extracto de la motiva
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la sociedad mercantil SEGURIDAD DELTA COMPAÑÍA ANÓNIMA (SEDELCA), contra la decisión de fecha 3 de mayo de 2007, dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, mediante la cual declaró improcedente la medida de amparo cautelar incoada. En consecuencia, se CONFIRMA el fallo recurrido. Publíquese, regístrese y notifíquese. Devuélvanse las copias certificadas del expediente al Tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.
Dispositiva
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la sociedad mercantil SEGURIDAD DELTA COMPAÑÍA ANÓNIMA (SEDELCA), contra la decisión de fecha 3 de mayo de 2007, dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, mediante la cual declaró improcedente la medida de amparo cautelar incoada. En consecuencia, se CONFIRMA el fallo recurrido. Publíquese, regístrese y notifíquese. Devuélvanse las copias certificadas del expediente al Tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.