Sentencia N° 1121 — Sala Político Administrativa del TSJ, 18 de septiembre de 2002
TSJ/SPA, Sent. N° 01121, Exp. 02-0017, 19/09/2002
Expediente02-0017
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2002-09-18
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la jurisdicción en un caso de divorcio entre Mariana Coromoto Capriles y George Viney Kubala, donde se alegó litispendencia internacional debido a un juicio en California. La Sala determinó que los tribunales venezolanos tienen jurisdicción para conocer del caso, revocando la decisión del tribunal remitente que había declarado con lugar la cuestión previa de litispendencia internacional. Se enfatizó que la jurisdicción venezolana no es exclusiva y que la causa debe continuar su curso en Venezuela.
Extracto de la motiva
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que el Poder Judicial de Venezuela SÍ TIENE JURISDICCIÓN para conocer del juicio intentado por la ciudadana MARIANA COROMOTO CAPRILES SANTANDER contra el ciudadano GEORGE VINEY KUBALA. En consecuencia, se revoca la decisión del 01 de noviembre de 2001, dictada por el tribunal remitente, mediante la cual declaró con lugar la cuestión previa de litispendencia internacional.
Dispositiva
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que el Poder Judicial de Venezuela SÍ TIENE JURISDICCIÓN para conocer del juicio intentado por la ciudadana MARIANA COROMOTO CAPRILES SANTANDER contra el ciudadano GEORGE VINEY KUBALA. En consecuencia, se revoca la decisión del 01 de noviembre de 2001, dictada por el tribunal remitente, mediante la cual declaró con lugar la cuestión previa de litispendencia internacional. Publíquese, regístrese y comuníquese. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen para que la causa siga su curso de ley.
Palabras clave
jurisdicciónlitispendenciadivorcioderecho internacional privadotribunales venezolanossentenciaproceso judicialinterés superior