Sentencia N° 1119 — Sala Político Administrativa del TSJ, 2 de mayo de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 01119, Exp. 2006-0670, 04/05/2006
Expediente2006-0670
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2006-05-02
DecisiónCORRESPONDE A LAS CORTES DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, la COMPETENCIA para conocer de la demanda por daños y perjuicios

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia planteado entre el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Central. La demanda fue interpuesta por varios ciudadanos contra el Instituto Autónomo de Ferrocarriles del Estado y una constructora por daños y perjuicios relacionados con la expropiación de parcelas agrícolas.

Extracto de la motiva

La Sala observa que en el caso de autos se ha planteado un conflicto de competencia entre el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua y el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Región Central, los cuales se declararon incompetentes para conocer de la demanda por daños y perjuicios ejercida por los ciudadanos Eduardo Correia Rodríguez, Dinis Manuel Rodrigues Correia, Juan Manuel Correia Rodríguez, Lucía María Correia Rodríguez, Víctor Correia Rodríguez y Gilberto Correia Rodríguez, contra el Instituto Autónomo de Ferrocarriles del Estado (IAFE) y la “CONSTRUCTORA CONSORCIO GRUPO CONTUY”. La Sala se declara competente para resolver el conflicto planteado y establece que corresponde a las Cortes de lo Contencioso Administrativo conocer de la demanda por daños y perjuicios.

Dispositiva

1.- ES COMPETENTE para resolver el conflicto de competencia suscitado. 2.- CORRESPONDE A LAS CORTES DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, la COMPETENCIA para conocer de la demanda por daños y perjuicios, incoada por los abogados Rafael Ángel Valecillos y Giovanni José Fattore, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos EDUARDO CORREIA RODRÍGUEZ, DINIS MANUEL RODRIGUES CORREIA, JUAN MANUEL CORREIA RODRÍGUEZ, LUCÍA MARÍA CORREIA RODRÍGUEZ, VÍCTOR CORREIA RODRÍGUEZ y GILBERTO CORREIA RODRÍGUEZ, contra el INSTITUTO AUTÓNOMO DE FERROCARRILES DEL ESTADO (IAFE) y la “CONSTRUCTORA CONSORCIO GRUPO CONTUY”.

Palabras clave

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