Sentencia N° 1117 — Sala Político Administrativa del TSJ, 18 de septiembre de 2002
TSJ/SPA, Sent. N° 01117, Exp. 16312, 19/09/2002
Expediente16312
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2002-09-18
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de nulidad interpuesto por Francisco Antonio Gil Martínez contra la Resolución Nº 359 del Ministro de Justicia, que confirmaba su destitución. La Sala analizó los vicios denunciados por el recurrente, tales como el falso supuesto y la inmotivación del acto administrativo impugnado, concluyendo que no existían tales vicios y que la decisión administrativa se ajustaba a derecho.
Extracto de la motiva
La Sala observa que, en el presente caso, las normas que sustentan jurídicamente la decisión administrativa adoptada están contenidas en los artículos 11, literal b); 12, literales a) y d); 14, literal h) y 23, literal g), del Reglamento de Régimen Disciplinario del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, las cuales establecen que la negligencia en el cumplimiento de las órdenes del servicio, constituye una falta contra la diligencia obligatoria; el incumplimiento de las órdenes relativas al servicio y la omisión de información al superior, se consideran faltas contra la obediencia debida, y el dar órdenes que no se ajustan a las disposiciones legales o reglamentarias, se cataloga como una falta de extralimitación de funciones, y constituye un agravante el hecho de haber cometido varias faltas a la vez.
Dispositiva
Por los razonamientos expuestos, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por el apoderado judicial del ciudadano FRANCISCO ANTONIO GIL MARTÍNEZ, contra la Resolución Nº 359 de fecha 14 de abril de 1998, suscrita por el Ministro de Justicia, hoy Ministro del Interior y Justicia, confirmatoria de la destitución adoptada en su contra por el Director General del otrora Cuerpo Técnico de Policía Judicial, hoy Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, de fecha 30 de octubre de 1995.
Palabras clave
nulidadresolución administrativadestituciónprocedimiento disciplinariofalta administrativanegligenciaobediencia debidaCuerpo Técnico de Policía Judicial