Sentencia N° 1112 — Sala Político Administrativa del TSJ, 13 de octubre de 2015

TSJ/SPA, Sent. N° 01112, Exp. 2015-0509, 14/10/2015
Expediente2015-0509
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2015-10-13
DecisiónQUE ES COMPETENTE para resolver la regulación de competencia

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia relacionado con una demanda de indemnización por enfermedad ocupacional presentada por Liliam Josefina Castillo Godoy contra el Ministerio del Poder Popular para la Educación. La Corte Primera de lo Contencioso Administrativo había declarado su incompetencia, lo que llevó a la Sala a asumir la regulación de competencia. La Sala determinó que el Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental es el competente para conocer y decidir la demanda.

Extracto de la motiva

El presente caso fue remitido a esta Sala, a los fines de resolver un “conflicto negativo de competencia”, sin embargo, se observa que lo procedente era plantear de oficio la regulación de competencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70 y 71 del Código de Procedimiento Civil, los cuales rezan: “Artículo 70. Cuando la sentencia declare la incompetencia del Juez que previno, por razón de la materia o por el territorio en los casos indicados en el artículo 47, si el Juez o Tribunal que haya de suplirle se considerare a su vez incompetente, solicitará de oficio la regulación de la competencia”. Igualmente, la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, dispuso el régimen de competencias atribuido a esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia y, en tal sentido, el numeral 19 del artículo 23 de la Ley (establecido en los mismos términos en el numeral 19 del artículo 26 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia), le atribuye a la Sala el conocimiento de los conflictos de competencia que surjan entre los tribunales de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso bajo examen, se ha planteado un “conflicto de competencia” entre el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental y la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, los cuales se declararon incompetentes para conocer la demanda de indemnización por “Enfermedad Ocupacional, Lucro Cesante y Daño Moral” ejercida por la ciudadana Liliam Josefina CASTILLO GODOY, contra el Ministerio del Poder Popular la Educación, por lo que teniendo ambos órganos jurisdiccionales competencia en materia contencioso administrativa, esta Sala Político-Administrativa –al ser la cúspide de dicha jurisdicción– se declara competente para resolver la regulación de competencia de oficio planteada.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- QUE ES COMPETENTE para resolver la regulación de competencia suscitada en el presente caso. 2.- QUE CORRESPONDE al JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL, la competencia para conocer y decidir la demanda de indemnización por “Enfermedad Ocupacional, Lucro Cesante y Daño Moral” ejercida por la ciudadana Liliam Josefina CASTILLO GODOY, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente al Juzgado declarado competente para que la causa continúe su curso de Ley. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

conflicto de competenciaindemnizaciónenfermedad ocupacional

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