Sentencia N° 1111 — Sala Político Administrativa del TSJ, 11 de octubre de 2017

TSJ/SPA, Sent. N° 01111, Exp. 2009-1093, 17/10/2017
Expediente2009-1093
PonenteEULALIA COROMOTO GUERRERO RIVERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2017-10-11
DecisiónLA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN por PÉRDIDA DEL INTERÉS

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara la extinción de la acción por pérdida del interés en el recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil Vesuvius Refractarios de Venezuela, C.A. contra la Resolución Núm. F2411 del 23 de junio de 2009. La decisión se fundamenta en la falta de manifestación de interés por parte de la recurrente tras la notificación ordenada en la sentencia Núm. 00992 del 06 de octubre de 2016, donde se le instaba a expresar su interés en continuar con el proceso.

Extracto de la motiva

Correspondería a esta Sala resolver el recurso de nulidad incoado por la abogada María Carolina de Abreu, antes identificada, actuando como apoderada judicial de la sociedad mercantil Vesuvius Refractarios de Venezuela, C.A., contra la Resolución Núm. F2411 del 23 de junio de 2009, dictada por el entonces Ministro del Poder Popular para Economía y Finanzas, que declaró sin lugar el recurso jerárquico intentado contra el Acto Administrativo Núm. DGIF-AL-0076 de fecha 07 de diciembre de 2008, emitido por la Dirección General de Inspección y Fiscalización de ese Ministerio, que decidió parcialmente con lugar el recurso de reconsideración y ordenó “…la emisión de nueva planilla de venta de divisas por la cantidad de CIENTO DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON SESENTA CENTAVOS (US$. 102.873,60), o su equivalente en bolívares correspondiente a la cantidad de CIENTO NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES BOLIVARES CON NOVENTA Y SIETE CENTIMOS Bs. 192.633,97 relacionados con el incumplimiento del artículo 20 del Decreto Núm. 714 de fecha 14/06/1995 publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Núm. 4921 Extraordinaria de fecha 16/06/1995, correspondientes a las operaciones de exportación identificadas con los números: 347858, 25975, 82575, 346816, 89955, 337958, 84512, 77368, 92243, 93082792, 82136 y 82800” (sic). Mediante sentencia Núm. 00992 del 06 de octubre de 2016 esta Máxima Instancia ordenó la notificación de la empresa la sociedad mercantil Vesuvius Refractarios de Venezuela, C.A., para que dentro del lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que constara en el expediente la notificación, manifestara su interés en que se decidiera la presente causa. En caso de no ser posible la misma, se ordenaría la publicación del correspondiente cartel en la cartelera de esta Sala en los mismos términos, con la advertencia que transcurrido dicho lapso sin que la parte manifestara su interés en que se decida la causa, esta Sala dictaría el pronunciamiento correspondiente.

Dispositiva

Por lo expuesto, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN por PÉRDIDA DEL INTERÉS en el recurso de nulidad incoado por la sociedad mercantil VESUVIUS REFRACTARIOS DE VENEZUELA, C.A., contra la Resolución Núm. F2411 del 23 de junio de 2009, dictada por el entonces MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA ECONOMÍA Y FINANZAS. Publíquese, regístrese, comuníquese y notifíquese a la Procuraduría General de la República. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

interés procesalacceso a la justiciaacción judicialderechosconstituciónsentenciasprocesotutela judicial

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