Sentencia N° 1111 — Sala Político Administrativa del TSJ, 13 de octubre de 2015

TSJ/SPA, Sent. N° 01111, Exp. 2012-0651, 14/10/2015
Expediente2012-0651
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2015-10-13
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de comparecencia de la parte recurrente a la audiencia de juicio fijada en el recurso de nulidad interpuesto por Marisol GÓMEZ DE VERGARA. La Sala determinó que, conforme al artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la inasistencia del demandante a la audiencia implica el desistimiento del procedimiento. En consecuencia, se declaró desistido el recurso de nulidad.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse en torno a la falta de comparecencia de la parte recurrente a la audiencia de juicio fijada en la presente causa. Al respecto se observa que el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa dispone lo que continuación se transcribe: “Artículo 82. Verificadas las notificaciones ordenadas y cuando conste en autos la publicación del cartel de emplazamiento, el tribunal, dentro de los cinco días de despacho siguientes, fijará la oportunidad para la audiencia de juicio, a la cual deberán concurrir las partes y los interesados. La audiencia será celebrada dentro de los veinte días de despacho siguientes. Si el demandante no asistiera a la audiencia se entenderá desistido el procedimiento. En los tribunales colegiados, en esta misma oportunidad, se designará ponente”. (Resaltado de la Sala) La norma transcrita establece que el Tribunal fijará la oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a aquel en que se verifiquen las notificaciones de Ley y, en su caso, cuando conste en autos la publicación del cartel de emplazamiento; acto al cual deberán concurrir las partes y los terceros interesados. Asimismo, la norma consagra que la falta de comparecencia de la parte actora a la audiencia de juicio generará el desistimiento del procedimiento.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa Accidental del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el procedimiento en el recurso de nulidad interpuesto por la ciudadana Marisol GÓMEZ DE VERGARA, asistida por el abogado Arturo SUÁREZ, contra la Resolución N° 08-02-2011-LCC-050-RM-041 dictada el 15 de septiembre de 2011 por el DIRECTOR DE DECLARACIONES JURADAS DE PATRIMONIO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, actuando por delegación del CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente judicial. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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