La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar el recurso de nulidad interpuesto por Fabio Sgalla Vecino contra el acto administrativo del Ministro de Transporte y Comunicaciones que confirmó la nulidad absoluta de su nombramiento como Contralor Interno del Instituto Nacional de Canalizaciones. La Sala argumenta que el acto impugnado incurrió en un falso supuesto, ya que el procedimiento administrativo seguido para su nombramiento fue legal y respetó los derechos del recurrente. Además, se establece que la revocación de un acto administrativo que crea derechos a favor de particulares no puede ser realizada sin una autorización expresa de la ley.
Extracto de la motiva
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano FABIO SGALLA VECINO, en contra del acto administrativo dictado en fecha 30 de junio de 1998, por el Ministro de Transporte y Comunicaciones, mediante el cual se confirmó el acto administrativo de fecha 19 de diciembre de 1997, dictado por el Presidente del Instituto Nacional de Canalizaciones (INC), que declaró la nulidad absoluta del acto administrativo, a través del cual se designó al recurrente como Contralor Interno de ese Instituto Autónomo.
Dispositiva
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano FABIO SGALLA VECINO, en contra del acto administrativo dictado en fecha 30 de junio de 1998, por el Ministro de Transporte y Comunicaciones, mediante el cual se confirmó el acto administrativo de fecha 19 de diciembre de 1997, dictado por el Presidente del Instituto Nacional de Canalizaciones (INC), que declaró la nulidad absoluta del acto administrativo, a través del cual se designó al recurrente como Contralor Interno de ese Instituto Autónomo. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente judicial y devuélvase el administrativo. Cúmplase lo ordenado.