Sentencia N° 1104 — Sala Político Administrativa del TSJ, 9 de noviembre de 2010

TSJ/SPA, Sent. N° 01104, Exp. 2009-0941, 10/11/2010
Expediente2009-0941
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2010-11-09
DecisiónHOMOLOGADO

Resumen

La sentencia se refiere al desistimiento del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la abogada Dunia Yoly Sandoval Gelvis contra la decisión de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial. La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara homologado el desistimiento, fundamentándose en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, que permiten al demandante desistir de la demanda en cualquier estado del proceso. Se concluye que el desistimiento no es contrario al orden público ni prohibido por la ley.

Extracto de la motiva

Conforme a la normas transcritas, y tomando en cuenta que el desistimiento de la causa puede formularse en cualquier estado y grado del proceso, se constata que la abogada Dunia Yoly Sandoval Gelvis (sobre quien recaen directamente los efectos del acto administrativo impugnado en la presente causa) de manera expresa manifestó su intención de desistir del recurso interpuesto. Asimismo, visto que la presente solicitud no es contraria al orden público ni se encuentra expresamente prohibida por la Ley, debe esta Sala, de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, declarar homologado el desistimiento planteado. Así se establece.

Dispositiva

Con fundamento en los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO del recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud cautelar de amparo constitucional por la abogada DUNIA YOLY SANDOVAL GELVIS, contra la decisión dictada en fecha 5 de agosto de 2009 por la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente judicial y devuélvase el administrativo. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

desistimientoprocedimiento civiljurisdicción contencioso administrativaleyrecursosadministrativo

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