Sentencia N° 11 — Sala Político Administrativa del TSJ, 11 de enero de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 00011, Exp. 2008-0499, 12/01/2011
Expediente2008-0499
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2011-01-11
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Roraima Rita Bermúdez González, quien fue destituida del cargo de Jueza por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial. La decisión se basa en la falta disciplinaria contenida en el numeral 11 del artículo 40 de la Ley de Carrera Judicial, por no haberse pronunciado sobre una medida cautelar solicitada y por no inhibirse en un caso donde la abogada de la parte demandada era tía de su hijo. La Sala concluye que la sanción de destitución es proporcional a las faltas cometidas.

Extracto de la motiva

La Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial consideró que la abogada Roraima Rita Bermúdez González, dada la naturaleza preventiva de las medidas cautelares, debió pronunciarse sobre su procedencia, el día en que dicha Jueza admitió nuevamente la demanda de Intimación y Estimación de Honorarios Profesionales, sin embargo, y a pesar de que el denunciante le reiteró en tres oportunidades que decidiera sobre la solicitud de la medida, la misma no se pronunció, lo cual, permitió a la parte demandada, representada por la abogada Carmen Carolina Pérez Moreno, tía de su hijo, vender el inmueble objeto de la medida preventiva de prohibición de enajenar y gravar. En consecuencia, consideró la Comisión, que la actuación desplegada por la abogada Roraima Rita Bermúdez González, evidenció una total parcialidad en detrimento de la parte actora, a quien se le negó el derecho constitucional a una justicia breve e imparcial, así como al aseguramiento oportuno de las resultas del juicio. Por tanto, sostuvo el órgano sancionador que la Jueza acusada infringió su deber de garantizar a las partes sus derechos procesales y a obtener un juicio imparcial, sin preferencias ni desigualdades, ello en violación a los artículos 26 de la Carta Magna y 15 del Código de Procedimiento Civil, con lo cual incurrió en la falta disciplinaria establecida en el artículo 40, numeral 11, de la Ley de Carrera Judicial, que acarrea la sanción de destitución.

Dispositiva

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso-administrativo de nulidad interpuesto por la abogada RORAIMA RITA BERMÚDEZ GONZÁLEZ, contra el acto administrativo dictado en fecha 21 de mayo de 2008, por la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL, mediante el cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración incoado contra el acto de fecha 14 de abril de 2008, por el que la referida Comisión destituyó a la actora del cargo de Jueza del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo y de cualquier otro que ostente dentro del Poder Judicial, por haber incurrido en la falta disciplinaria contenida en el numeral 11 del artículo 40 de la Ley de Carrera Judicial. En consecuencia, queda firme dicho acto.

Palabras clave

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