Sentencia N° 1098 — Sala Político Administrativa del TSJ, 9 de agosto de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 01098, Exp. 2010-0261, 10/08/2011
Expediente2010-0261
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2011-08-09
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la abogada Blanca Margarita Barroso Villalobos contra la decisión de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial. La recurrente fue destituida del cargo de Jueza Titular por incurrir en abuso de autoridad al suscribir el Libro Diario durante su ausencia por vacaciones. La Sala consideró que la sanción de destitución era proporcional a la falta cometida, ya que atentó contra la respetabilidad del Poder Judicial.

Extracto de la motiva

En el presente caso se observa que los recurrentes señalan que la decisión dictada por esta Comisión adolecía del vicio de falso supuesto de derecho por haber aplicado la sanción de destitución prevista en los numerales 2 y 16 del artículo 40 de la Ley de Carrera Judicial, al considerar, por una parte, que la ciudadana Blanca Margarita Barroso Villalobos, había incurrido en abuso de autoridad por suscribir el Libro Diario de las actuaciones asentadas durante el receso judicial y por la otra, al estimar que atentó contra la respetabilidad del Poder Judicial por ausentarse de su puesto de trabajo en el Tribunal durante los días 16 y 17 de septiembre de 2008, siendo que de considerarse que había un incumplimiento por parte de ésta, debió aplicarse la sanción de amonestación contenida en los numerales 5 y 6 del artículo 38 de la Ley de Carrera Judicial, por tratarse de normas que de forma específica se refieren a esos supuestos. ...Omissis... Vistos los hechos constatados y dados por comprobados, se desestiman sus alegatos de defensa pues no puede aceptarse que una jueza de la República suscriba un acta recibiendo el Tribunal el día 15 de septiembre de 2008, cuando de sus propias afirmaciones y de lo evidenciado por el Órgano Instructor y esta Comisión, la misma efectivamente se incorporó al ejercicio de sus funciones con posterioridad, de allí que esta instancia considera que con tales actuaciones la ciudadana sometida a procedimiento disciplinario desplegó una conducta carente de transparencia, atentando contra la respetabilidad del Poder Judicial, en detrimento de la confiabilidad en la administración de justicia, falta disciplinaria contenida en el numeral 2 del artículo 40 de la Ley de Carrera Judicial, que acarrea la sanción de destitución Así se declara.

Dispositiva

En virtud de lo expuesto, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por los apoderados judiciales de la abogada BLANCA MARGARITA BARROSO VILLALOBOS, contra la decisión dictada por la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL, el 5 de marzo de 2010, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso de reconsideración ejercido contra el acto administrativo dictado por dicha Comisión el 2 de febrero de 2010, por el cual destituyó a la recurrente del cargo de Jueza Titular del Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia y de cualquier otro que ostentara dentro del Poder Judicial. En consecuencia, queda FIRME el acto impugnado.

Palabras clave

NulidadDestituciónAbuso de autoridadContencioso administrativo

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