Sentencia N° 1096 — Sala Político Administrativa del TSJ, 19 de junio de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 01096, Exp. 2006-1816, 20/06/2007
Expediente2006-1816
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2007-06-19
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la apelación interpuesta por el Fisco Nacional contra la sentencia del Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, que había declarado parcialmente con lugar un recurso contencioso tributario. La controversia se centró en la deducción de gastos por concepto de transporte, alegando el Fisco que estos no eran propios de la contribuyente. La Sala, tras analizar la experticia contable presentada, concluyó que los gastos eran normales y necesarios para la producción de la renta, permitiendo así su deducción.

Extracto de la motiva

Vistos los términos en que fue dictado el pronunciamiento judicial objeto de la presente apelación, así como las alegaciones invocadas en su contra por el representante del Fisco Nacional, observa este Alto Tribunal que la controversia planteada en el caso de autos se contrae a resolver respecto del presunto vicio de falso supuesto de hecho y de derecho que afecta, a decir de la representación fiscal, al fallo recurrido; en este sentido, habrá de establecer esta alzada a los pretendidos fines, si los gastos por concepto de transporte, declarados por la contribuyente en el ejercicio fiscal comprendido entre el 1° de julio de 1990 y el 30 de junio de 1991, podían ser deducidos de la renta bruta obtenida por ésta en el mencionado período fiscal, o si, por el contrario, tal deducción resultaba improcedente, toda vez que la apelación fiscal se circunscribe únicamente a dicho punto. Así las cosas, observa la Sala que la fiscalización efectuada a la contribuyente de autos respecto del ejercicio fiscal comprendido entre el 1° de julio de 1990 y el 30 de junio de 1991, rechazó la deducción efectuada por ésta en su Declaración de Rentas N° 029984, presentada el 4 de diciembre de 1991, de los gastos por concepto de transporte por un monto de Bs. 1.846.56,68, al estimar que dichas erogaciones eran pagadas por los usuarios del servicio de transporte (alumnos) y no por el colegio, no siendo en consecuencia gastos susceptibles de ser deducidos de la renta, por no ser propios, ni normales y necesarios de la institución, de conformidad con lo previsto en el artículo 39 de la Ley de Impuesto sobre la Renta (1986), en concordancia con el artículo 56 de su Reglamento.

Dispositiva

En virtud de las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el representante judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia N° 642 dictada por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana, en fecha 1° de julio de 2002. En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida. Se condena en costas al Fisco Nacional por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) de la cuantía de lo debatido en esta segunda instancia a través del recurso de apelación antes decidido, conforme a lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente de acuerdo a lo previsto en el artículo 332 del vigente Código Orgánico Tributario.

Palabras clave

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