Sentencia N° 1092 — Sala Político Administrativa del TSJ, 23 de octubre de 2018

TSJ/SPA, Sent. N° 01092, Exp. 2008-0797, 25/10/2018
Expediente2008-0797
PonenteEULALIA COROMOTO GUERRERO RIVERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2018-10-23
DecisiónOficiar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de nulidad interpuesto por Carlos David León Pinto contra una resolución de la Contraloría General de la República que lo inhabilitó para ejercer funciones públicas. La Sala acordó oficiar al Presidente de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo para que informe sobre el estado procesal de la causa relacionada con la responsabilidad administrativa del recurrente. Se destaca la prejudicialidad existente entre este recurso y otro previamente incoado por el mismo recurrente.

Extracto de la motiva

Correspondería a esta Sala pronunciarse sobre el recurso de nulidad con medida cautelar de suspensión de efectos incoado por el ciudadano Carlos David León Pinto, asistido por el abogado Alexis Jesús Coa Estanga, ambos antes identificados, contra la Resolución Núm. 01-00-000071 del 01 de abril de 2008, dictada por la Contraloría General de la República que confirmó la Resolución Núm. 01-00-000263 de fecha 08 de octubre de 2007 que inhabilitó al actor para el ejercicio de funciones públicas por un período de cinco (5) años, con ocasión de haber sido ratificada su responsabilidad administrativa por decisión del 22 de marzo de 2007, dictada por la Vicepresidenta de la Unidad de Auditoría Interna del Banco Central de Venezuela, debido a la falta de diligencia del demandante mientras se desempeñaba como Jefe del Departamento de Protección y Custodia de la Casa de la Moneda del Banco Central de Venezuela. Sin embargo se advierte que por sentencia núm. 00426 de fecha 6 de abril de 2011 esta Sala acordó diferir el pronunciamiento correspondiente en este caso, en virtud de la prejudicialidad existente entre el presente recurso de nulidad y el incoado por el mismo recurrente contra la Resolución de fecha 22 de marzo de 2007, dictada por la Vicepresidenta de Auditoría Interna del Banco Central de Venezuela que declaró su responsabilidad administrativa, le impuso sanción de multa y reparo solidario, juicio este último que deberá ser decidido por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Asimismo se observa que por decisión Núm. 0772 del 11 de julio de 2017 la Sala acordó oficiar al Presidente de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, para que informara el estado procesal de la causa AP42-N-2007-000322 de su nomenclatura, y en caso de haber sido decidida, remitiera copia del fallo e indicara si éste se encontraba definitivamente firme, para lo cual el 10 de agosto de ese año se libró la notificación indicada. Y siendo que en fecha 29 de septiembre de 2017 aquel informó que el 27 de ese mes y año el mencionado expediente “se reasignó al Juez Hermes Barrios Frontado (…)

Dispositiva

Por los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA oficiar al Presidente de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, para que informe el estado procesal de la causa AP42-N-2007-000322 de su nomenclatura, y en caso de haber sido decidida, remita copia del fallo e indique si éste se encuentra definitivamente firme, todo ello dentro del lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la notificación de la presente decisión. Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese a la Procuraduría General de la República. Cúmplase lo ordenado.

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