La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 01085, declaró sin lugar la apelación interpuesta por los ciudadanos Gilda E. PABÓN GUDIÑO y otros, contra la sentencia N° 2011-1952 de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. Esta última había declarado sin lugar el recurso de nulidad contra la Resolución N° 310.10 de la Superintendencia de Bancos, que ordenó la intervención de Federal Banco de Inversión, C.A. La Sala argumentó que la intervención se justificó por la vinculación de la entidad con el Banco Federal, C.A., que ya estaba intervenido, y que la medida buscaba proteger los intereses del sistema financiero nacional.
Extracto de la motiva
La intervención de empresas relacionadas se adopta sin la necesidad de desarrollar procedimiento previo alguno, dado su carácter preventivo, ante la necesidad de proteger la masa patrimonial del banco intervenido. La medida de intervención sobre la empresa relacionada no radica en el estado financiero de ésta, sino en la necesidad de mantener bajo control los activos que pueden pertenecer al banco intervenido. La Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras actuó conforme a las atribuciones que le confiere la ley, y la audiencia realizada a los apoderados de Federal Banco de Inversión, C.A. cumplió con el derecho a la defensa, ya que se les notificó de la medida adoptada.
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por los ciudadanos Gilda E. PABÓN GUDIÑO, Nelson J. MEZERHANE G., Aníbal J. LATUFF, Rogelio TRUJILLO GARCÍA, Mashud A. MEZERHANE B., Enrique Urdaneta ÁLAMO y José GONZÁLEZ CASADO, contra la sentencia Nº 2011-1952 del 13 de diciembre de 2011, dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que declaró sin lugar el recurso de nulidad ejercido contra la Resolución N° 310.10 de fecha 15 de junio de 2010 dictada por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (SUDEBAN). Se CONFIRMA en los términos expuestos el fallo apelado. Queda FIRME el acto administrativo impugnado.
Palabras clave
intervenciónbanconulidadderecho a la defensagrupo financiero