DecisiónNotificación de la Procuraduría General de la República y de los ciudadanos para que informen sobre la verificación de la ejecución voluntaria de la sentencia.
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 1.087, declaró parcialmente con lugar la demanda de indemnización interpuesta por varios ciudadanos contra la República Bolivariana de Venezuela. Se ordenó el pago de daños morales a los demandantes, estableciendo montos específicos para cada uno. Posteriormente, se acordó la ejecución voluntaria de la sentencia y se notificó a las partes involucradas para que informaran sobre la verificación de dicha ejecución.
Extracto de la motiva
Conforme se dejó constancia en autos, el 5 de octubre de 2010 transcurrió el lapso sesenta (60) días siguientes a la notificación de la Procuraduría General de la República, establecido en la decisión Nº 1696 del 25 de noviembre de 2009 que acordó la ejecución voluntaria de la sentencia N° 1.087 de fecha 22 de julio de 2009, para que dicha Procuraduría, informara a este órgano jurisdiccional sobre la forma y oportunidad de ejecución de lo ordenado en la referida decisión.
Dispositiva
Por lo antes expuesto, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ordena la notificación de la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA y de los ciudadanos ANDREA CAROLINA, MIGUEL ENRIQUE, GABRIEL ALEJANDRO Y ERWIN DANIEL NÚÑEZ GONZÁLEZ, IRIS LARA DE NÚÑEZ Y FRANCESCO PORCO GALLINA PULICE para que informen dentro del lapso de diez (10) días siguientes a su notificación, sobre la verificación de la ejecución voluntaria de la sentencia N° 1.087 de fecha 22 de julio de 2009.