Sentencia N° 1082 — Sala Político Administrativa del TSJ, 8 de agosto de 2002

TSJ/SPA, Sent. N° 01082, Exp. 02-0419, 13/08/2002
Expediente02-0419
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2002-08-08
DecisiónHomologado el desistimiento

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la presente sentencia, declara homologado el desistimiento de la apelación interpuesta por la abogada Teodora Amalia Silva de Mariñez, en representación del ciudadano Luis Ferreira Dos Santos, contra el auto del Juzgado de Sustanciación que declaró inadmisible la solicitud de exequátur. La apoderada judicial manifestó su intención de desistir del recurso, lo cual fue aceptado por la Sala, considerando que no contraviene el orden público ni está prohibido por la ley.

Extracto de la motiva

Conforme a la transcripción anterior, observa la Sala que la apoderada judicial del ciudadano Luis Ferreira Dos Santos, de manera expresa, manifestó su intención de desistir del presente recurso de apelación, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Así, visto que dicho desistimiento no es contrario al orden público ni se encuentra expresamente prohibido por la Ley y verificada como ha sido la facultad para desistir de la abogada Teodora Amalia Silva de Mariñez, debe la Sala declarar homologado el desistimiento formulado. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO de la apelación interpuesta por la abogada Teodora Amalia Silva de Mariñez, apoderada judicial del ciudadano Luis Ferreira Dos Santos, contra el auto dictado por el Juzgado de Sustanciación de esta Sala en fecha 11 de junio de 2002, por la cual declaró inadmisible la solicitud de exequátur. En consecuencia queda firme el auto apelado. Publíquese, regístrese, comuníquese y devuélvase el expediente al Juzgado de Sustanciación. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

exequáturapelacióndesistimientocontencioso-administrativoCódigo de Procedimiento Civilsentenciajurisdiccióntribunal

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