Sentencia N° 1080 — Sala Político Administrativa del TSJ, 1 de octubre de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 01080, Exp. 2012-1196, 02/10/2013
Expediente2012-1196
PonenteMÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2013-10-01
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de nulidad interpuesto por María Concetta Cubisino Di Gerónimo Belgovane contra un acto administrativo de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) que mantuvo su suspensión en el Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas (RUSAD). La Sala confirmó la decisión de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que había declarado sin lugar el recurso de nulidad, argumentando que la recurrente no cumplió con los requisitos establecidos en la convocatoria de CADIVI para la presentación de documentación que justificara el uso de divisas autorizadas.

Extracto de la motiva

La Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) fundamenta su decisión en la errada consideración de que la recurrente no cumplió con lo solicitado en la convocatoria que efectuara el referido ente el 2 de diciembre de 2008, cuando lo cierto es que compareció tempestivamente ante su operador cambiario para dar cumplimiento a lo exigido. Afirmó que ello se evidencia de las comunicaciones dirigidas por Banesco Banco Universal, C.A., actuando en calidad de operador cambiario de la recurrente, a la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), donde se deja constancia expresa de la fecha en la que le fue remitida a esa Comisión, la documentación solicitada. Sostuvo que el hecho de que la documentación no se encuentre en los archivos de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), bien porque haya sido extraviada, o porque el operador cambiario no la remitió oportunamente, constituye una causa extraña que no le es imputable y que la exime de responsabilidad.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la ciudadana MARÍA CONCETTA CUBISINO DI GERÓNIMO BELGIOVANE, contra la sentencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo N° 2012-0306 de fecha 15 de marzo de 2012, que declaró sin lugar la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con medida cautelar innominada por la ciudadana MARÍA CONCETTA CUBISINO DI GERÓNIMO BELGIOVANE, contra el acto administrativo identificado con las siglas y números CAD-PRE-VECO-GCP-28039, de fecha 24 de febrero de 2010, dictado por la COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS (CADIVI), mediante el cual se decidió concluir las investigaciones iniciadas en contra de la recurrente y mantener su suspensión en el Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas (RUSAD). En consecuencia, se CONFIRMA dicho fallo.

Palabras clave

NulidadCADIVISuspensiónDivisasContencioso-Administrativo

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