Sentencia N° 1080 — Sala Político Administrativa del TSJ, 19 de junio de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 01080, Exp. 2004-0887, 20/06/2007
Expediente2004-0887
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2007-06-19
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en respuesta a un recurso de apelación, declara parcialmente con lugar el recurso interpuesto por el Fisco Nacional contra la sentencia del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario. Se revocan ciertos pronunciamientos del fallo recurrido relacionados con la jerarquía de los actos administrativos y la legalidad administrativa, pero se confirman los aspectos sobre la clasificación arancelaria de la mercancía y la improcedencia de la multa y de los intereses moratorios. La Sala determina que la contribuyente cumplió con las condiciones de la autorización de admisión temporal y, por lo tanto, no eran exigibles los intereses moratorios.

Dispositiva

1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el FISCO NACIONAL, contra la sentencia Nº 140/2003 de fecha 3 de noviembre de 2003, dictada por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se revocan del fallo recurrido los pronunciamientos atinentes a la contravención a los principios de jerarquía de los actos administrativos y de legalidad administrativa, así como el de la violación del principio de irrevocabilidad de la cosa decidida administrativa y el emitido respecto a la no aplicabilidad de la multa contenida en el artículo 120 literal a) de la Ley Orgánica de Aduanas vigente, por no ser compatible con la naturaleza de las multas que deben ser impuestas al infractor de las normas que regulan el régimen temporal; y se CONFIRMAN los pronunciamientos referidos a la clasificación arancelaria de la mercancía y, por lo tanto, la improcedencia de la multa y de los intereses moratorios, en los términos expuestos en la presente decisión. 2.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente HUAWEI SERVICIOS, C.A. (ahora CNPC SERVICES VENEZUELA LTD, S.A.) contra los actos impugnados. 3.- Se ANULAN los actos administrativos contenidos en: el Acta de Reconocimiento sin número de fecha 11 de julio de 2001, la Resolución de Multa sin número de fecha 16 de julio de 2001, el Acta de Reconocimiento sin número de fecha 10 de julio de 2001 y la Resolución de Multa Nº 01-4540 de fecha 10 de julio de 2001, todas emanadas de la Gerencia de la Aduana Principal de Guanta Puerto La Cruz del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). 4.- Se ORDENA a la Administración Tributaria emitir las planillas de liquidación sustitutivas, ajustándose a los términos expuestos en el presente fallo.

Palabras clave

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