La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declara con lugar el recurso de apelación interpuesto por la empresa Productos Piscicolas Propisca, S.A. contra la sentencia de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo que había declarado sin lugar la demanda de nulidad. Se revoca la decisión apelada y se anula el acto administrativo Nro. PRE-CJ-025033 dictado por CADIVI, que declaró extemporáneo el recurso de reconsideración interpuesto por la empresa. La Sala ordena al Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX) decidir sobre el recurso de reconsideración presentado por la empresa.
Extracto de la motiva
motivar y declarar extemporáneo el recurso jerárquico y el motivo de la solicitud solo fue analizada cuando declara lo siguiente: ‘Por lo expuesto se observa que la decisión aquí impugnada fue adoptada conforme a derecho…’, lo cual nada analiza la solicitud, no hace ningún IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 7 de 23 análisis de dicha petición y verificar la existencia de los presupuestos de hecho de las normas que regulan el otorgamiento de la Autorización de Adquisición de Divisas (AAD) y sin cuya verificación mal podría la Comisión resolver sobre el fondo de la petición”. Alegó que “habiendo sido declarada la extemporaneidad del recurso correspondiente a la petición relac
Dispositiva
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado Wuinfre Cedeño, en su condición de representante judicial de la empresa PRODUCTOS PISCICOLAS PROPISCA, S.A., contra la sentencia Nro. 2017-00577 dictada el 28 de julio de 2017 por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. SEGUNDO: Se REVOCA el fallo apelado. TERCERO: CON LUGAR la demanda de nulidad incoada contra el acto administrativo Nro. PRE-CJ-025033 dictado el 7 de agosto de 2014, por la COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS (CADIVI). En consecuencia, se ANULA el referido acto impugnado. CUARTO: ORDENA al Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX) decida el recurso de reconsideración interpuesto el 22 de julio de 2014 por la empresa demandante.