Sentencia N° 1078 — Sala Político Administrativa del TSJ, 26 de noviembre de 2025

TSJ/SPA, Sent. N° 01078, Exp. 2017-0538, 26/11/2025
Expediente2017-0538
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2025-11-26
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por CORPORACIÓN IADIEXPORT, C.A. contra la Resolución del SENIAT que declaró sin lugar un recurso jerárquico. Se confirmó que la contribuyente incurrió en el ilícito tributario de presentar declaraciones informativas de manera extemporánea y se ordenó la emisión de nuevas planillas de liquidación para recalcular las sanciones impuestas. Además, se condenó en costas procesales a la sociedad demandante.

Extracto de la motiva

De lo hasta aquí expuesto se colige que la actividad probatoria desplegada por la Administración Tributaria Regional, antes de dictar la resolución objeto del presente recurso, le debió permitir incluir en la resolución administrativa detalladamente cuáles de dichos créditos supuestamente incumplieron con lo previsto en el Artículo 10 de la Providencia Administrativa SNAT/2002/N°-1455 de fecha 29/11/2002, publicada en la Gaceta Oficial Nº 37.585 de fecha 05/12/2002, en concordancia con el artículo 1 de la(s) Providencia(s) Administrativa(s), SNAT/INTI/GR/RCC/ N°-2.387 de fecha 11/12/2003 publicada en la Gaceta Oficial N° 37.847 de fecha 29/12/2003 y/o SNAT/INTI/GR/RCC/N-0668 de fecha 20/12/2004, publicada en la Gaceta Oficial N 38.096 de fecha 29/12/2004, motivo por el cual la misma no puede ser sancionada con una multa de Noventa Mil Quinientos Sesenta y Tres Unidades Tributarias con Treinta y Siete Centésimas (90.563,37 U.T). Con base a todo lo anterior, [solicitaron] formalmente que sea declarada la nulidad de la resolución recurrida por haber incurrido la Administración Tributaria en formulación en el vicio de falso supuesto de hecho como de derecho y en consecuencia anule el acto administrativo contenido en la RESOLUCIÓN IMPOSICIÓN DE SANCIÓN MORATORIOS Y DETERMINACIÓN DE INTERESES N° SNAT/INTI/GRTI/DCE/CC/ 2009/630 de fecha 03-11-2009, así como las 48 Planillas de Pago (Liquidación) de multas e intereses emitidas en la misma fecha de la resolución según anexos que indicamos en el Capítulo VII del presente recurso. En el presente caso, habiéndose emitido por la Administración Tributaria, las correspondientes planillas de multas y las de los correspondientes intereses mes a mes a los fines de sancionar un mismo hecho calificado como ilícito material, debe la Gerencia Regional de Tributos anular dichas planillas de multas incluidas las de la determinación de intereses de mora, por haber violentado el principio antes invocado; y también porque el contenido de cada una de ellas, sería de imposible e ilegal ejecución, más aún cuando según la resolución a [su] representada, se le aplicó una multa única por Noventa Mil Quinientos Sesenta y Tres Unidades Tributarias con Treinta y Siete Centésimas (90.563,37 U.T.), equivalentes a la cantidad de Cuatro Millones Novecientos Ochenta Mil Novecientos Ochenta y Cinco Bolívares con Treinta y Cinco Céntimos (Bs. 4.980.985,35), cuando se menciona en la Resolución de Imposición de Sanción y Determinación de Intereses Moratorios que la contribuyente presentó en el portal del SENIAT, las declaraciones informativas de las compras y de las retenciones practicadas del Impuesto al Valor Agregado y efectuar el enteramiento correspondiente a los periodos impositivos enero.

Dispositiva

Se declara sin lugar el recurso contencioso tributario incoado subsidiariamente al recurso jerárquico por la sociedad de comercio CORPORACIÓN IADIEXPORT, C.A., contra la Resolución Nro. SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT/CRA/2011-000493 del 14 de noviembre de 2011, notificada el 20 de abril de 2012, por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) que declaró sin lugar el recurso jerárquico ejercido contra la Resolución de Imposición de Sanción y Determinación de Intereses Moratorios signada con letras y números SNAT/INTI/GRTI/DCE/CC/2009/630 del 3 de noviembre de 2009, notificada el 30 del mismo mes y año, actos administrativos que quedan firmes salvo el quantum de las sanciones de multa aplicadas, las cuales se anulan conforme a lo expresado en esta decisión.

Palabras clave

Contencioso TributarioSancionesDeclaraciones Extemporáneas

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