Sentencia N° 1078 — Sala Político Administrativa del TSJ, 21 de julio de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 01078, Exp. 2005-5455, 22/07/2009
Expediente2005-5455
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2009-07-21
DecisiónExtinguida la instancia

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara extinguida la instancia en un recurso contencioso tributario interpuesto por el Municipio Lagunillas del Estado Zulia contra la sentencia definitiva Nro. 881 del Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario. La decisión se basa en la falta de actividad procesal por parte del demandante durante más de un año, lo que llevó a la consumación de la perención de la instancia según lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y el Código de Procedimiento Civil.

Extracto de la motiva

Revisadas las actas que conforman el expediente, aprecia esta Máxima Instancia que desde el 31 de mayo de 2007, oportunidad en la cual el abogado Abelardo Vásquez, antes identificado, en representación del Síndico Procurador Municipal del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, se dio por notificado de la admisión de las pruebas que promoviera ante esta Sala, en el procedimiento de segunda instancia iniciado por la apelación incoada por el referido ente local contra la sentencia definitiva Nro. 881 dictada por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 2 de febrero de 2005, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente Bitop Ingeniería y Proyectos Bit Operaciones, C.A.; no consta en autos alguna actuación de la recurrente a los fines de impulsar la continuación de la causa. Al respecto, resulta oportuno destacar que la perención de la instancia es una forma de terminación anormal del proceso que se verifica, entre otros casos, por la no realización -en un período mayor de un año- de actos de procedimiento destinados a mantener en curso el proceso, tal como lo prevé el aparte 15 del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, norma aplicable supletoriamente para los procedimientos de segunda instancia por remisión expresa del artículo 279 del Código Orgánico Tributario de 2001.

Dispositiva

Con fundamento en lo antes expuesto, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara consumada la PERENCIÓN, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la causa bajo análisis y FIRME la sentencia definitiva Nro. 881 dictada por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 2 de febrero de 2005. Publíquese, regístrese y notifíquese. Devuélvase el expediente al Tribunal de Origen. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

perencióninstanciacontencioso tributario

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