La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Harinera Larense, C.A. contra la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo Nro. HCF-SA-159. Se revocó el pronunciamiento sobre la extinción por prescripción de la sanción pecuniaria y se confirmó la improcedencia de los intereses moratorios. La sentencia también ratificó la firmeza de ciertos conceptos del reparo fiscal, como las diferencias no declaradas en materia de impuesto sobre la renta y las sanciones pecuniarias por incumplimiento de deberes formales.
Extracto de la motiva
“(…) de acuerdo a pacífica y reiterada jurisprudencia de esta Sala, el vicio de suposición falsa en las decisiones judiciales se configura, por una parte, cuando el Juez, al dictar un determinado fallo, fundamenta su decisión en hechos inexistentes, falsos o que no guardan la debida vinculación con el o los asuntos objeto de decisión, verificándose de esta forma el denominado falso supuesto de hecho. Por otro lado, cuando los hechos que sirven de fundamento a la decisión existen, se corresponden con lo acontecido y son verdaderos, pero el órgano jurisdiccional al emitir su pronunciamiento los subsume en una norma errónea o inexistente en el derecho positivo, o incurre en una errada interpretación de las disposiciones aplicadas, se materializa el falso supuesto de derecho (…)”.
Dispositiva
Se revoca el pronunciamiento atinente a la extinción por prescripción de la sanción pecuniaria y se confirma la procedencia del análisis del escrito de reforma del recurso contencioso tributario y la improcedencia de los intereses moratorios.