Sentencia N° 1072 — Sala Político Administrativa del TSJ, 17 de octubre de 2018

TSJ/SPA, Sent. N° 01072, Exp. 2015-0078, 18/10/2018
Expediente2015-0078
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2018-10-17
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió con lugar la apelación interpuesta por el Municipio Valencia del Estado Carabobo, revocando la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario de NARA MOTORS, C.A. La decisión se fundamenta en la interpretación de la base imponible del impuesto sobre actividades económicas, determinando que NARA MOTORS, C.A. actúa como comerciante propietario de los vehículos y no como concesionario, por lo que debe tributar sobre la totalidad de los ingresos brutos percibidos. Además, se condena a la sociedad recurrente al pago de costas procesales.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la contribuyente Nara Motors, C.A. actúa como comerciante propietario de los vehículos que vende, y no como concesionario, por lo que debe tributar sobre la totalidad de los ingresos brutos. Se establece que la relación entre Nara Motors y Autoambar, C.A. es de comprador y vendedor, y no de mandante y mandatario. La Sala también destaca que la contribuyente no logró desvirtuar la presunción de veracidad y legalidad de la resolución impugnada, que establece que la actividad de Nara Motors es la comercialización de vehículos, lo que implica que debe tributar sobre todos los ingresos brutos obtenidos.

Dispositiva

1) CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial del MUNICIPIO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO, contra la sentencia definitiva N° 1355 del 12 de junio de 2014, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario incoado por la empresa NARA MOTORS, C.A. 2) SIN LUGAR el recurso contencioso tributario ejercido por la prenombrada sociedad de comercio, contra la Resolución N° DA-516/2013 de fecha 1° julio de 2013 dictada por el ALCALDE DEL MUNICIPIO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO, que confirmó el Reparo Fiscal contenido en la Resolución RL/2011-09-320 de fecha 06 de septiembre de 2011; acto administrativo que queda FIRME.

Palabras clave

Contencioso TributarioImpuesto sobre Actividades EconómicasNara MotorsMunicipio ValenciaBase Imponible

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