La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Javier Betancourt Tinedo contra el acto administrativo de la Contraloría General de la República que declaró su responsabilidad administrativa. El recurrente alegó violaciones al debido proceso y a su derecho a la defensa, así como la inexistencia de daño al patrimonio público. Sin embargo, la Sala concluyó que las irregularidades cometidas por el recurrente causaron un perjuicio real al patrimonio del Banco Industrial de Venezuela, lo que justificó la sanción impuesta.
Extracto de la motiva
La Sala considera que el recurrente, en su condición de Gerente del Departamento Agroindustrial y Agricultura del Banco Industrial de Venezuela, debió advertir las situaciones irregulares presentadas y que al no hacerlo, incumplió su obligación de supervisar las actividades relacionadas con los créditos otorgados a personas y empresas del sector agroindustrial a agrícola propiamente dichos, poniendo en riesgo de esta manera el patrimonio de la institución financiera Banco Industrial de Venezuela. Por tanto, comparte esta Sala lo aducido por la representación del órgano recurrido en el sentido que los supuestos de hecho por los cuales se declaró la responsabilidad administrativa del recurrente se encuentran previstos en la normativa aplicable como ilícitos que generan una sanción.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, quien suscribe, declara SIN LUGAR el recurso de reconsideración interpuesto por el ciudadano JAVIER BETANCOURT TINEDO, antes identificado, asistido de abogado y en consecuencia CONFIRMA la decisión dictada en fecha 26 de marzo de 2008, mediante la cual se declaró su responsabilidad administrativa, en su condición de Gerente del Departamento Agroindustrial y Agricultura del Banco Industrial de Venezuela, por los hechos irregulares descritos ut supra.