La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió a favor de Laboratorios Vargas, S.A., revocando la sentencia del Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario que había declarado con lugar un recurso contencioso tributario. La controversia se centró en la clasificación arancelaria del producto 'RO-C-VAR', que la Administración Aduanera había catalogado como complemento alimenticio, mientras que la empresa argumentó que debía ser considerado un medicamento. La Sala concluyó que la Administración Aduanera había incurrido en un vicio de falso supuesto al clasificar el producto incorrectamente.
Extracto de la motiva
motiva de la (...) decisión, la solicitud de Revisión de Oficio (...) contra [el] acto a administrativo plasmado en la Resolución N° GGSJ/ GR/DRAAT/2009-692, de fecha 26 IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 4 de 22 de agosto de 2009, dictado por este Despacho, a través del cual se declaró inadmisible por falta de asistencia el Recurso Jerárquico interpuesto por el citado contribuyente” (sic). (Agregado de la Sala). Por disconformidad con el acto administrativo supra referido, los abogados Jean Itriago Galletti y William Branz Neri, antes identificados, actuando como representantes judiciales de la sociedad mercantil Laboratorios Vargas, S.A.,
Dispositiva
Se ANULA los actos administrativos: i) Resolución No. SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2010-0683; ii) Resolución No. SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2009-692; iii) Oficio No. SNAT/INA/GA/DN/2008/E/00365. Se EXIME del pago de costas procesales a la Administración Tributaria.