Sentencia N° 1069 — Sala Político Administrativa del TSJ, 3 de julio de 2025

TSJ/SPA, Sent. N° 01069, Exp. 2013-1648, 26/11/2025
Expediente2013-1648
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2025-07-03
DecisiónConcluido

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia Nro. 00488 el 3 de julio de 2025, ordenando notificar a la empresa Rutas Aéreas de Venezuela Rav, S.A. sobre el contenido del fallo y la sentencia Nro. 00172. Se estableció un término de ocho días para la notificación, y si no se cumplía, se entendería como notificada. Posteriormente, se constató la imposibilidad de notificación y se fijó un cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala.

Extracto de la motiva

Finalmente, resulta menester para esta Máxima Instancia precisar que la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en aras de garantizar la consecución de los postulados consagrados en los artículos 2, 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, reconoció la preponderancia de la ciencia, la tecnología, y los servicios de información como elementos de interés público, destacando el deber del Poder Público -y concretamente de los órganos jurisdiccionales- de valerse de los avances tecnológicos para su optimización, procediendo en consecuencia a dictar la Resolución número 2021-0011 de fecha 9 de junio de 2021, contentiva de las normas generales que regularán la suscripción y publicación de decisiones con firma digital, práctica de citaciones y notificaciones electrónicas y la emisión de copias simples o certificadas por vía electrónica relacionadas con los procesos seguidos ante esta Sala Político-Administrativa. Visto que los artículos 38 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y 3 de la Resolución en comento, consagran la posibilidad de practicar las citaciones y notificaciones por correo electrónico o cualquier otro medio que utilice tecnologías de la información y la comunicación, este Máximo Tribunal con miras a procurar la mejora continua del servicio de administración de justicia, ordena efectuar un análisis de las actas que conforman el expediente de la causa, a los efectos de determinar si las partes cuentan o no con los medios telemáticos suficientes para hacer efectiva dicha actuación procesal y, de ser el caso, proceder a practicar las notificaciones a las que haya lugar por medios electrónicos; en el entendido de que la falta de indicación en autos de algunos de los elementos digitales previamente señalados, dará lugar a que se practique la notificación conforme a lo establecido en el artículo 5 de la aludida Resolución y en las leyes. Así se decide.

Dispositiva

1.- CONCLUIDO el presente juicio en el recurso contencioso tributario ejercido por la sociedad mercantil RUTAS AÉREAS DE VENEZUELA RAV, S.A., contra la Providencia Administrativa Nro. SNAT/INA/GAP/ MAR/AAJ/2011-4799 del 1° de septiembre de 2011, dictada por la Gerencia de la Aduana Principal Marítima de Maracaibo, adscrita del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT). 2.-REMÍTASE el expediente al Tribunal de origen.

Palabras clave

tecnologíanotificacionesjusticiaadministrativaconstituciónresoluciones

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